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	<description>arte, historia y fotografía</description>
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		<title>Fotografías en color de la Liberación de París (1944)</title>
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		<pubDate>Sun, 18 Sep 2011 16:53:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>tepatoken</dc:creator>
				<category><![CDATA[Fotografía]]></category>
		<category><![CDATA[Frank Scherschel]]></category>
		<category><![CDATA[Historia]]></category>
		<category><![CDATA[Joe Scherschel]]></category>
		<category><![CDATA[Revista Life]]></category>
		<category><![CDATA[segunda-guerra-mundial]]></category>

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		<description><![CDATA[Publicadas por la revista Life, las imágenes de la parte inferior corresponden a 1944 y fueron realizadas por Frank y Joe Scherschel justo después de la liberación de París. El color hace que transmitan mayor cercanía en el espectador en un momento histórico de multitudes, euforia, pero sobre todo, historia.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Publicadas por la <strong>revista Life</strong>, las imágenes de la parte inferior corresponden a 1944 y fueron realizadas por <strong>Frank y Joe Scherschel</strong> justo después de la liberación de París. El color hace que transmitan mayor cercanía en el espectador en un momento histórico de multitudes, euforia, pero sobre todo, historia.</p>
<p><center><a href="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_13.jpg"><img src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_13-300x235.jpg" alt="liberacion-de-paris1944_13" title="liberacion-de-paris1944_13" width="290" height="235" class="alignnone size-medium wp-image-1144" /></a></center><br />

<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_01/' title='liberacion-de-paris1944_01'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_01-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_01" title="liberacion-de-paris1944_01" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_02/' title='liberacion-de-paris1944_02'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_02-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_02" title="liberacion-de-paris1944_02" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_03/' title='liberacion-de-paris1944_03'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_03-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_03" title="liberacion-de-paris1944_03" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_04/' title='liberacion-de-paris1944_04'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_04-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_04" title="liberacion-de-paris1944_04" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_05/' title='liberacion-de-paris1944_05'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_05-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_05" title="liberacion-de-paris1944_05" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_06/' title='liberacion-de-paris1944_06'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_06-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_06" title="liberacion-de-paris1944_06" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_08/' title='liberacion-de-paris1944_08'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_08-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_08" title="liberacion-de-paris1944_08" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_09/' title='liberacion-de-paris1944_09'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_09-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_09" title="liberacion-de-paris1944_09" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_10/' title='liberacion-de-paris1944_10'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_10-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_10" title="liberacion-de-paris1944_10" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_11/' title='liberacion-de-paris1944_11'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_11-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_11" title="liberacion-de-paris1944_11" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_12/' title='liberacion-de-paris1944_12'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_12-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_12" title="liberacion-de-paris1944_12" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_14/' title='liberacion-de-paris1944_14'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_14-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_14" title="liberacion-de-paris1944_14" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_15/' title='liberacion-de-paris1944_15'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_15-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_15" title="liberacion-de-paris1944_15" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_16/' title='liberacion-de-paris1944_16'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_16-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_16" title="liberacion-de-paris1944_16" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-en-color-de-la-liberacion-de-paris-1944/attachment/liberacion-de-paris1944_17/' title='liberacion-de-paris1944_17'><img width="150" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/09/liberacion-de-paris1944_17-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="liberacion-de-paris1944_17" title="liberacion-de-paris1944_17" /></a>
</p>
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		<title>Fotografías de 1915 en color</title>
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		<pubDate>Mon, 08 Aug 2011 15:16:19 +0000</pubDate>
		<dc:creator>tepatoken</dc:creator>
				<category><![CDATA[Fotografía]]></category>
		<category><![CDATA[prokudin-gorsky]]></category>

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		<description><![CDATA[Las imágenes de la parte inferior corresponden al fotógrafo ruso Sergey Prokudin-Gorsky y fueron realizadas en 1915. La presencia del color en fecha tan temprana se debe al sistema de captura empleado por Gorsky basada en la realización de diferentes series con un filtro de color diferente. Proyectando de manera simultánea las instantáneas permiten reconstruir [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Las imágenes de la parte inferior corresponden al fotógrafo ruso <strong>Sergey Prokudin-Gorsky</strong> y fueron realizadas en 1915. </p>
<p>La presencia del color en fecha tan temprana se debe al sistema de captura empleado por Gorsky basada en la realización de diferentes series con un filtro de color diferente. Proyectando de manera simultánea las instantáneas permiten reconstruir el color original de la escena de una manera sorprendente.</p>
<p><center><a href="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_02.jpg"><img src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_02.jpg" alt="color_photography_ 1915" title="color_photography_ 1915" width="540" height="135" class="alignnone size-full wp-image-1100" /></a></center></p>
<p>En algunas de estas imágenes aparecen figuras en movimiento con su correspondiente &#8220;halo&#8221; originado por el tiempo que se empleaba (entre 1 y 3 segundos) en realizar cada una de las fotografías unido a la superposición comentada anteriormente.</p>

<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_01/' title='color_photography_01'><img width="150" height="136" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_01-150x136.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_01" title="color_photography_01" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_03/' title='color_photography_03'><img width="150" height="127" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_03-150x127.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_03" title="color_photography_03" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_04/' title='color_photography_04'><img width="150" height="129" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_04-150x129.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_04" title="color_photography_04" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_05/' title='color_photography_05'><img width="150" height="129" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_05-150x129.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_05" title="color_photography_05" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_06/' title='color_photography_06'><img width="150" height="111" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_06-150x111.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_06" title="color_photography_06" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_07/' title='color_photography_07'><img width="150" height="142" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_07-150x142.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_07" title="color_photography_07" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_08/' title='color_photography_08'><img width="150" height="132" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_08-150x132.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_08" title="color_photography_08" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_09/' title='color_photography_09'><img width="150" height="130" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_09-150x130.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_09" title="color_photography_09" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_10/' title='color_photography_10'><img width="150" height="133" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_10-150x133.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_10" title="color_photography_10" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_11/' title='color_photography_11'><img width="150" height="108" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_11-150x108.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_11" title="color_photography_11" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_12/' title='color_photography_12'><img width="150" height="130" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_12-150x130.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_12" title="color_photography_12" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_13/' title='color_photography_13'><img width="150" height="127" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_13-150x127.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_13" title="color_photography_13" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_14/' title='color_photography_14'><img width="150" height="130" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_14-150x130.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_14" title="color_photography_14" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_15/' title='color_photography_15'><img width="150" height="108" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_15-150x108.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_15" title="color_photography_15" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_16/' title='color_photography_16'><img width="150" height="147" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_16-150x147.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_16" title="color_photography_16" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_17/' title='color_photography_17'><img width="150" height="129" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_17-150x129.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_17" title="color_photography_17" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_18/' title='color_photography_18'><img width="150" height="131" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_18-150x131.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_18" title="color_photography_18" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_19/' title='color_photography_19'><img width="150" height="134" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_19-150x134.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_19" title="color_photography_19" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_20/' title='color_photography_20'><img width="105" height="150" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_20-105x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_20" title="color_photography_20" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_21/' title='color_photography_21'><img width="150" height="129" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_21-150x129.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_21" title="color_photography_21" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_22/' title='color_photography_22'><img width="150" height="127" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_22-150x127.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_22" title="color_photography_22" /></a>
<a href='http://tepatoken.com/fotografia/fotografias-de-1915-en-color/attachment/color_photography_23/' title='color_photography_23'><img width="150" height="129" src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/08/color_photography_23-150x129.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="color_photography_23" title="color_photography_23" /></a>

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		<title>Las revueltas comuneras de Castilla y Nueva Granada; un análisis comparado VII: importancia y relevancia histórica</title>
		<link>http://tepatoken.com/historia/las-revueltas-comuneras-de-castilla-y-nueva-granada-7/</link>
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		<pubDate>Sun, 07 Aug 2011 10:00:44 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Guillermo Fiscer</dc:creator>
				<category><![CDATA[Historia]]></category>
		<category><![CDATA[castilla]]></category>
		<category><![CDATA[nueva-granada]]></category>
		<category><![CDATA[revueltas-comuneras]]></category>

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		<description><![CDATA[Ambos movimientos han tenido respectivamente su impacto e influencia histórica posteriormente en la historia nacional de sus respectivos territorios, pero como pasa con todo en este análisis, el impacto fue diferente. A grandes rasgos podríamos decir que, la rebelión neogranadina tuvo un mayor impacto institucional y un menor impacto político, mientras que la revolución comunera [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/06/comuneros.jpg"><img src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/06/comuneros-300x214.jpg" alt="comuneros" title="comuneros" width="300" height="214" class="alignleft size-medium wp-image-1092" /></a>Ambos movimientos han tenido respectivamente su <strong>impacto e influencia histórica posteriormente en la historia nacional de sus respectivos territorios</strong>, pero como pasa con todo en este análisis, el impacto fue diferente.</p>
<p>A grandes rasgos podríamos decir que, la rebelión neogranadina tuvo un mayor impacto institucional y un menor impacto político, mientras que la revolución comunera tuvo, al contrario, un mayor énfasis político y mucho menos a nivel institucional.</p>
<p>No obstante esto, como con todo, obviamente seria matizable y como con todo, esto tampoco se puede tomar en una totalidad absoluta.</p>
<p><strong>Un mayor impacto institucional y un menor impacto político.</strong></p>
<p>Cuando nos referimos a esto en el caso neogranadino, lo decimos en el sentido de que la rebelión comunera en Colombia, y sobretodo después de la independencia nacional en el siglo XIX, ha sido tomada como un gran referente histórico a nivel nacional, un hecho admirable, una gesta heroica, un antecedente y predecesor de la independencia nacional, un suceso, en resumen, que toda Colombia considera como suyo, lo valora, lo acepta y lo integra institucionalmente como una parte inevitable de su herencia y su pasado histórico que ha conducido a formar la nación colombiana.</p>
<p>Ello se ha visto reforzado especialmente en la época mas reciente, en tanto que los criollos que lideraron el proceso independentista (Santander, Bolívar, Sucre…) no utilizaron el recuerdo y la imagen política de los comuneros como un elemento de reivindicación nacional en el proceso independentista. Algunos autores lo achacan a que fueron precisamente los criollos como Berbeo o Plata los que de alguna u otra forma trataron de poner fin al proceso comunero y al ser los libertadores del siglo XIX criollos a su vez, habrían heredado esa imagen poco positiva de la rebelión comunera. </p>
<p>Por tanto la reivindicación institucional seria mas reciente, y ello se ha visto clarísimamente en el bicentenario de la independencia nacional colombiana, como tanto los museos, instituciones y el propio aparato del estado, han rescatado este suceso como un camino que conduce a la independencia y la formación conjunta de la nación colombiana, y que queda evidenciado en el lema de la ciudad de Socorro; “En la independencia, el Socorro es primero”.</p>
<p>Aquí podemos ver una obvia reclamación de los sucesos comuneros tanto como un antecedente de la independencia como un suceso histórico reclamado por la nación colombiana. Sin embargo no se puede decir que estos sucesos hayan tenido una pervivencia a nivel político.</p>
<p>En este sentido, parece más o menos claro que las reivindicaciones socio-políticas del Socorro quedaron satisfechas con la independencia nacional colombiana en 1810 y las campañas libertadoras del siglo XIX y ya no hay un motivo político para resucitarlo. </p>
<p>Aunque, segura e inevitablemente existirán políticos o individuos que en el siglo XXI se sigan considerando comuneros, y reivindicando la figura comunera, especialmente la de Galán, en lo referido a la justicia a igualdad social, no parece existir un programa o un gran partido político que articule específicamente una herencia comunera, tal cual, en el siglo XXI.</p>
<p>Por ello, considero que la pervivencia y la herencia a día de hoy del movimiento comunero neogranadino es mas un elemento institucional, una parte de la conciencia histórica común de los colombianos que ven en los sucesos del Socorro un precedente histórico de la independencia, satisfecha posteriormente y por ello, algo de lo que sentirse orgullosos y satisfechos, indistintamente de la ideología o clase social, al igual que ocurre con La Pola o el Libertador Simon Bolívar.</p>
<p>Los comuneros neogranadinos son, pues, y de forma incuestionable, un patrimonio común de todos los colombianos y parte de la historia y de la identidad nacional común, pudiendo decir, en resumen que los sucesos comuneros neogranadinos, se han “institucionalizado” claramente y todo el mundo, empezando por el estado nacional colombiano los asume como propios.</p>
<p><strong>Un menos impacto institucional y un mayor peso político.</strong></p>
<p>El caso de los comuneros castellanos es, curiosamente diferente. Si bien se podría decir que en el siglo XIX e inicios del siglo XX ocurre algo parecido con lo que actualmente ocurre a nivel institucional en Colombia, eso ha cambiado radicalmente en los últimos 80 años de historia en España.</p>
<p>La rebelión comunera, como hemos dicho, fue radicalmente reprimida y su recuerdo y su ejemplo borrados a sangre y fuego por parte del emperador Carlos V y sus partidarios imperiales. El proyecto imperial se acabo imponiendo en la corona castellana, que quedo integrada en ese proyecto. La autoridad absoluta de la monarquía española se acabo imponiendo a su vez a costa de reducir el peso de ciudades y de nobles y aristócratas. Por ello, no resulta extraño entender que durante siglos, el recuerdo de los comuneros fuera borrado, y sobretodo en un momento en que todo el mundo reforzaba ese proyecto imperial y sobretodo absolutista que se acabo imponiendo en 1521.</p>
<p>Sin embargo, la situación cambia radicalmente en el siglo XIX. Con la herencia de la revolución americana y la revolución francesa a finales del siglo XVIII, se produce el cuestionamiento, y en muchos lugares, la eliminación física del poder absoluto y de la monarquía absolutista. En España, esos ecos antiabsolutistas, liderados por los liberales y progresistas, acabaron encontrando un lugar relevante, especialmente durante la guerra de la independencia. Es en ese momento cuando se elabora la primera Constitución reconocida como tal, la Constitución de 1812, de inspiración liberal y aperturista, que rompía los moldes absolutos que en ese momento representaba el rey absolutista Fernando VII. </p>
<p>Una vez recuperado su poder en 1814 tras la derrota francesa, el soberano reimpone nuevamente el poder y la monarquía absoluta según los modelos del antiguo régimen sin modificación, y es en ese momento cuando los liberales y antiabsolutistas, muchos de ellos guerrilleros en la época de la guerra de la independencia, empiezan a buscar modelos no solamente militares, si no también políticos alternativos en donde reflejarse para cuestionar al pode absoluto, y es en ese momento cuando los liberales recuperan la figura de los comuneros castellanos como un precedente de legitimación histórica frente al poder absoluto. Es ahora cuando el guerrillero liberal “El Empecinado” hace en 1821 lo que, desde hace 30 años se ha convertido en una tradición histórica; acudir a Villalar el día 23 de abril (día de la batalla) para honrar y homenajear a los comuneros castellanos, especialmente a sus tres dirigentes ejecutados allí y convertirlos en mártires del absolutismo monárquico, de ese mismo absolutismo que ahora también les perseguía a ellos. </p>
<p>Se establece, pues, una identificación política entre el liberalismo antiabsolutista del siglo XIX con la experiencia comunera del siglo XVI, afirmándose en los mismos valores. Todo ello va a mas con el paso de los años, y especialmente durante las monarquías de Fernando VII, e Isabel II, al extenderse sobre ambos una imagen de conservadurismo monárquico extremo, que lleva a que los precedentes históricos anti-absolutistas sean revividos y alzados a la figura de hechos y gestas heroicas del pasado, exactamente igual que ocurre actualmente en el caso colombiano. Ejemplos de ello es la reivindicación comunera en el trienio liberal, la aparición de asociaciones masónicas con su nombre, la reivindicación de su figura en proyectos anti-monárquicos como fue el “Pacto Federal” de 1869 y la colocación del nombre de Padilla, Bravo y Maldonado en el Congreso de los Diputados de Madrid en épocas de gobierno liberales y progresistas.</p>
<p>Este acontecimiento, el colocarlos en el lugar de la soberanía institucional común de todos los españoles fue, junto con la recuperación de un supuesto color morado, color de la Castilla comunera, para la modificación de la bandera monárquica en bandera republicana ya en el siglo XX (aunque seria un error y en parte fue un error equiparar a los comuneros con un protorepublicanismo que ellos mismos rechazaron tajantemente en la Constitución de Ávila, apartado primero), el cenit y el auge de esa colocación y recuperación de los comuneros en símbolo institucional del estado español. Los comuneros, pues, en ese momento habían sido reclamados por la institución española, como ocurre actualmente en Colombia, y colocados como parte de la gesta histórica, de la identidad histórica común de todos los españoles, en su afán de identificación de una línea histórica progresista desde los comuneros a los liberales, progresistas y republicanos del siglo XIX y XX que al final, con la toma de las instituciones políticas estatales por parte de liberales y republicanos en el siglo XIX y XX los saca del cajón del olvido y los coloca en la cúspide de la reivindicación institucional.</p>
<p>Sin embargo esto, que seria una equivalencia total con el caso colombiano, cambia radicalmente en los últimos 80 años, especialmente desde la victoria del bando franquista en la guerra civil española y la instauración de la dictadura franquista en 1939. Por tanto habría una doble etapa; la etapa de reivindicación y exaltación institucional, más o menos desde 1821 hasta 1939 y una segunda etapa de ocultamiento y no reivindicación ni exaltación, desde 1939 hasta nuestros días. Durante la dictadura franquista, se trata de romper con todas las tradiciones liberales y progresistas que cristalizan en la II Republica española, y se trata de volver a un proyecto absolutista y monarquizante que tiene su máximo esplendor en los Reyes Católicos (de donde toma sus símbolos nacionales) y en el emperador Carlos V, como ejemplos de la gesta imperial y absoluta que conducía con mano de hierro al estado.</p>
<p>Por ello, los comuneros son vistos como un intento de frenar esa “evolución natural” que el franquismo veía en el estado absoluto de los siglos XV y XVI, y se infravalora y en algunos casos se desprecia abiertamente la gesta comunera como algo “feudal” y como un “paletismo y un nacionalismo carca de campanario” como afirmaron algunos historiadores en la época franquista, aunque también valorando en parte de forma positiva la “reivindicación nacional castellana frente a los extranjeros flamencos” al ser el ultranacionalismo español el otro gran pilar del régimen franquista.</p>
<p>Por tanto, se abandonaron las tradiciones de reivindicación oficial del estado a los comuneros, Villalar quedo institucional y políticamente marginado y abandonado como símbolo comunero y la bandera asociada a la castilla comunera, la tricolor republicana, borrada del  mapa y perseguida políticamente. Y es esa herencia de olvidar, marginar y en parte casi sentir vergüenza por reivindicar a los comuneros al ser asociado a lo “paleto y atrasado” lo que se arrastro durante toda la segunda mitad del siglo XX.</p>
<p>Sin embargo, aquí entramos ya en la definición de este apartado; se produce el abandono institucional, pero empieza a surgir su recuperación e identificación asociada a un proyecto político concreto, exactamente al contrario que en el caso colombiano.</p>
<p>Con la decadencia del régimen franquista en los años 70, empiezan a surgir en todo el estado grupos situados a la izquierda política que tratan, al igual que los liberales en la época de Fernando VII, de articular y buscar proyectos alternativos al autoritarismo franquista, situados en la izquierda política ( desde la socialdemocracia hasta los comunista) que además, y debido a la forma particular en que se articulo el régimen franquista a nivel territorial (integrismo nacionalista, y persecución de toda clase de regionalismo, nacionalismo o separatismo) provoco que en los años 70 surgiera en la izquierda política castellana la idea de recuperar tanto las tradiciones regionales propias (al igual que ocurría con vascos, catalanes y gallegos), como las referencia políticas antiautoritarias, tanto a nivel interno (comuneros) como a nivel externo (experiencias socialistas) para articular un proyecto político alternativo al franquismo y situado a la izquierda política. </p>
<p>Por ello, y al igual que pasa en el siglo XIX, los comuneros vuelven a ser recuperados por un sector político muy concreto, la izquierda regionalista antifranquista, que los recupera y los reivindica como un proyecto político propio, y que cristalizó en los partidos y movimientos autodenominados “comuneros” desde la transición política (PANCAL, TC, UPC, IZCA…)</p>
<p>Un ejemplo de esta recuperación política del movimiento comunero fue la recuperación de la tradición histórica de acudir el 23 de abril a Villalar (institucionalizando a nivel regional el movimiento comunero que cambio el nombre al pueblo por Villalar de los Comuneros) el día 23 de abril de 1976, menos de un año después de la muerte del dictador Franco, recuperación que se ha mantenido hasta el día de hoy, y que en parte se ha institucionalizado al haber oficializado la Junta de Castilla y León el 23 de abril como “día oficial de castilla y león” permitiendo e institucionalizando los días 23 y 24 de abril en las campas de Villalar de los Comuneros la celebración oficial de los actos autonómicos todos los años (entre los que están el día 24 de abril por la mañana un homenaje en el monumento a los comuneros situados en el lugar de su ejecución en la plaza del pueblo).</p>
<p>Sin embargo, esta recuperación institucional, que parece haberse fortalecido en los últimos años, no ha logrado colocarse realmente como algo identitario por todos los castellanos, los partidos mas conservadores o nacionalistas españoles siguen siendo reacios a celebrarlo y a nivel institucional realmente no se le ha dado demasiado impulso. </p>
<p>Además de ello, esta celebración se considera algo específicamente regional, castellano-leones (ni si quiera esta extendido a las demás regiones de la Castilla histórica que participaron en la rebelión comunera, como las actuales Madrid o Castilla-La Mancha, donde este día no es oficial y donde no se ha hecho ningún tipo de vinculación o recuperación histórica del movimiento comunero) y en general, a diferencia de lo que pasa en el caso colombiano, donde la rebelión comunera, lejos de ser un acontecimiento focalizado regionalmente en la zona de Socorro, es revindicado de forma institucional por toda la nación colombiana y por todo el país, mientras que el estado español, a diferencia de la recuperación institucional del siglo XIX ha abandonado la idea de recuperar a los comuneros como un elemento común, y ha renunciado institucionalizarlo, a favor de su recuperación por parte de partidos comuneros, y partidos  de la izquierda regional castellana o de secciones castellanas de partidos de izquierdas estatales, como paso en el siglo XIX, con la diferencia de que esos partidos acabaron subiendo al poder e institucionalizando a los comuneros, mientras que los partidos actuales que los reivindican no tienen un peso político destacado en Castilla y no han podido re-institucionalizar a la figura de los comuneros.</p>
<p>Por ello, es que ambos acontecimientos han dejado una huella diferente a lo largo de la historia y su reivindicación ha corrido una suerte muy dispar en ambos casos.</p>
<p>Se podría resumir afirmando que, de alguna manera, la memoria de los comuneros neogranadinos ha sido al final y a lo largo de la historia, y especialmente en la actualidad, mucho mejor valorada, apreciada, considerada y recuperada por el estado colombiano que en el caso castellano, donde se ha abandonado a partidos comuneros y a una fiesta muy focalizada y muy regional, mientras que ha sido peor valorada, apreciada y recuperada de forma institucional a nivel general por el estado.</p>
<p>Un ejemplo muy bueno que podría, a nivel simbólico, ejemplificar esta diferencia de recuperación institucional seria el de los dos grandes monumentos oficiales que se han erigido en Colombia y en España en homenaje a los comuneros de ambos países.</p>
<p>Por un lado tenemos el “Monumento a la Santandereanidad”, un enorme y espectacular monumento construido a finales del siglo XX, situado en el Parque de Chicamocha, donde, sobre una hoja de tabaco de 57 metros de largo y 35 metros de ancho, hay 35 esculturas que representan la gesta comunera y que se puede ver desde lejos al estar situado sobre un promontorio natural, iluminado por las noches y de un gran impacto visual.</p>
<p>Por otro lado, tenemos el monumento dedicado a los Comuneros de Castilla, construido en 1889, especialmente dedicado a Padilla, Bravo, Maldonado y Pacheco, en el lugar de su ejecución en la plaza de Villalar, y que consiste en un simple monolito de piedra situado en la mitad de la plaza (no muy grande) de Villalar de los Comuneros. </p>
<p>Con esto se evidencia la importancia que unos y otros han querido, con el paso de tiempo, darle a la rebelión o revolución comunera. Mientras que para los colombianos la gesta comunera es un hecho nacional de gran importancia, digna de los más espectaculares monumentos y dedicatorias, en España, por el contrario, la rebelión comunera ha quedado limitada a su breve mención (y nulo análisis) en los libros de texto, a monumentos de escasa importancia y a una celebración regional focalizada.</p>
<p>Y ello a pesar de que, si hiciéramos un análisis exhaustivo, podríamos concluir que los sucesos comuneros castellanos tuvieron un peso político en ese momento muchísimo mayor, al punto que lo podemos considerar como una revolución, al manifestar claramente la voluntad de sustituir el poder político imperial por un proyecto alternativo y no limitarse a querer reformarlo, llego a producir una legislación que podríamos considerar de proto-constitucional y su alcance político y geográfico llego a considerarlo en poco menos que una guerra civil en Castilla. </p>
<p>Por el contrario, la rebelión comunera neogranadina no tuvo un alcance político tan fuerte en aquel momento y por ello mas que revolución la podríamos considerar rebelión o insurrección, en tanto que en su parte “institucional” y oficial (la primera parte) no hubo intención de sustituir el poder político español por un poder soberano americano, aun cuando hay guiños clarísimos que se orientan hacia esa dirección, pero que todavía no se plasma abiertamente como a partir de 1810, si bien en la segunda parte al mando de Galán si se alcanzo unas cotas de radicalismo mucho mayores, pero que  ya no estaban institucionalizadas ni representaban un proyecto político oficial y cohesionado a nivel “nacional”. Sin embargo, su importancia acabo siendo mucho mayor en tanto el alcance que tuvo en la posterioridad, al ser elevado a la categoría de gesta heroica y precedente de la independencia nacional.</p>
<p>Por ello, podríamos concluir definitivamente, que la rebelión comunera neogranadina obtuvo, a largo plazo mayores éxitos en sus propuestas que en el caso castellano y su proyecto y sus pretensiones, de alguna forma acabo siendo aplicado con el tiempo, al lograr la independencia nacional (los americanos coparon los puestos de poder al expulsar a los españoles y los impuestos se acabaron diluyendo en el tiempo), mientras que, por otro lado, el modelo imperial y la herencia flamenca se acabo instaurando en Castilla y modelando el proyecto político castellano a lo largo de la historia.</p>
<p>Indistintamente de ello, ambos son acontecimientos históricos que, a mi ver, acaban compartiendo otra característica común, posiblemente la mayor de todas ellas, al ser considerados hechos históricos de vital importancia en su respectiva época y que de alguna u otra forma, han acabado formando parte de la historia de sus respectivos países, al punto de que no se puede entender la historia ni de España ni de Colombia, en el siglo XVI y en el siglo XVIII sin mencionar y sin acudir al estudio y la comprensión de los sucesos comuneros que acontecieron en aquella época.</p>
<p><strong>Bibliografía</strong></p>
<p>Joseph Pérez. <em>“Los Comuneros de Castilla”</em>.<br />
José Antonio Maravall. <em>“Las Comunidades de Castilla. Una primera revolución moderna”</em>.<br />
Enrique Berzal de la Rosa: <em>“Los comuneros: de la realidad al mito”</em>.<br />
José Belmonte Díaz. <em>“La Constitución de Ávila”</em>.<br />
Manuel Briceño. <em>“Los comuneros”</em>.<br />
Javier Ocampo. <em>“Historia de Colombia. Capitulo III: Ilustración y revolución”</em>.<br />
Mario Aguilar Peña: <em>“José Antonio Galán”</em>.<br />
Mario Aguilar Peña : <em>“Los comuneros: guerra social y lucha anticolonial”</em></p>
<p>Autor: <strong>Guillermo Fiscer</strong></p>
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		<title>Las revueltas comuneras de Castilla y Nueva Granada; un análisis comparado VI: la legislación comunera</title>
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		<pubDate>Sun, 31 Jul 2011 10:00:53 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Guillermo Fiscer</dc:creator>
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			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/06/sentencia-comuneros.jpg"><img src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/06/sentencia-comuneros-210x300.jpg" alt="Sentencia a muerte de los Comuneros" title="Sentencia a muerte de los Comuneros" width="210" height="300" class="alignleft size-medium wp-image-1081" /></a>Otro aspecto que podríamos mencionar en este análisis comparado de ambas revueltas es el de la <strong>legislación</strong>, la producción jurídica que legaron ambas rebeliones, las Capitulaciones de Zipaquira y la Constitución de Ávila, y que en ambos casos, a pesar de ser muy diferentes unas de otras, fueron muy destacadas y ocuparon un papel muy importante en el devenir de los acontecimientos de ambas revueltas.</p>
<p>Ya hemos mencionado anteriormente que <strong>uno de los criterios que diferenciaban a la primera de la segunda parte de la rebelión comunera en ambos casos es precisamente la legislación</strong>, de forma que en el caso neogranadino, la legislación se sitúa en la primera etapa, y al ser incumplida se produce el estallido de la segunda, y todo demasiado precipitado. En el caso castellano vimos como, precisamente, uno de los rasgos que caracterizaban a su segunda parte de desarrollo era, a parte de la expansión geográfica, que el movimiento comunero fue madurando poco a poco hasta producir su legislación y sus órganos políticos propios en la segunda parte.</p>
<p>Uno de los rasgos que diferencian a ambas legislaciones fue sin duda alguna su alcance. </p>
<p>En el caso neogranadino, aunque eran exigencias profundas para la época (como lo demuestran el que el Virrey jamás las aceptara y que nunca fueran realmente llevadas a cabo) sin embargo no llegaban en ningún momento las Capitulaciones de Zipaquira a romper con el orden colonial español y básicamente buscasen acabar con las reformas fiscales inaceptables y algo que si que es novedoso y de gran alcance como era la propuesta de que los criollos americanos ocuparan cargos importantes en la política y la administración colonial española en el virreinato. </p>
<p>Pero en ningún momento van mas allá y cuando la rebelión pasa a ser revolución y se radicaliza con Galán, sin embargo, ello esta al margen de esta legislación y ello no se plasma en una legislación ni en órganos políticos concretos, como paso en el caso castellano.</p>
<p>En el caso castellano, por el contrario la legislación y la política comunera se radicalizan en verano de 1520 en Ávila y Tordesillas al punto de que en apenas un mes, el movimiento comunero produce una ley y unas estructuras políticas de poder propias que rompen todos los lazos de unión con el imperio flamenco, le desalojan del poder y reclaman su movimiento como único movimiento soberano legitimo en territorio castellano. Producen un órgano político soberano, como fue la Santa Junta de Castilla y una ley propia que llega a tomar cuerpo en forma texto protoconstitucional como fueron los Capítulos del Reino, la Ley Perpetua o Constitución de Ávila, según se le quiera denominar. No obstante y a pesar de que su alcance es mucho mayor que en el caso neogranadino y sobretodo de que si que se llego a poner en practica durante todo el tiempo que duro la rebelión en territorio controlado por los comuneros, su alcance hasta hoy ha permanecido en el mas oscuro silencio.</p>
<p>Solamente los investigadores o especialistas en historia comunera conocen que hubo un texto protoconstitucional en el bando comunero, que seria sin duda el primer texto protoconstitucional no solo de Castilla y de España, también uno de los primeros del mundo. Algunos historiadores, de hecho, como Belmonte Díaz o Pérez Serrano, afirman abiertamente que este texto protoconstitucional se invoco más de una vez en 1787 en los debates de la Constitución norteamericana, y que en el período constituyente de Filadelfia (1787) se aludiera con reiteración a la llamada «Constitución de Ávila», como documento inspirador. </p>
<p>Vemos, pues, que el alcance y la importancia jurídica y política de este texto, inmerecida e insuficientemente valorada y estudiada en su propia patria natal castellana, fue muy importante. Quizá ese desinterés y esa ignorancia castellana por su propia protoconstitucion se pueda deber, como mencionare a continuación, a que no sola toda legislación, si no todo texto, documento, símbolo o testimonio vinculado mínimamente con el movimiento comunero fue quemado, arrasado y eliminado de los anales de la memoria histórica castellana y españole con saña por Carlos V y sus acólitos.</p>
<p>Y ello hasta el punto que todo documento producido por los comuneros fue arrojado al fuego, sus lideres ejecutados y sus restos ocultados, sus partidarios encarcelados y amenazados bajo pena de muerte de no volver a hablar mas de lo acontecido e incluso las casas de sus dirigentes (Padilla, Bravo, Maldonado y Zapata) arrasadas y su suelo sembrado con sal para que no volviese a crecer nada en ellas.</p>
<p>Con tal grado de represión, en parte, podemos exculpar y explicar que a día de hoy, no haya conciencia en España de la enorme importancia y alcance de este texto constitucional que, como suele ocurrir en nuestra historia con tantas otras cosas, haya sido mas y mejor estudiado y valorado en el extranjero que en nuestro país.</p>
<p>No obstante, ambos textos son importantes y tienen la similitud de que ambos fueron el proyecto que el bando comunero ofreció en el enfrentamiento como su programa jurídico-político al otro bando enfrentado español o imperial en cada caso.</p>
<p><strong>Una legislación propia</strong></p>
<p>Una de las cosas, no obstante, que si pueden caracterizar a las <strong>Capitulaciones de Zipaquira</strong> es que, a pesar de no romper con el poder español, si podemos considerarlas como una legislación propia, como una legislación de los neogranadinos para los neogranadinos, un texto, pues, propiamente americano.</p>
<p>Es cierto que en comparación con el texto castellano no es radical, pero si es pretenciosa y es de una importancia vital en aquel momento para los intereses del pueblo neogranadino que proyectaban en este texto la defensa de sus intereses como americanos, algo que aparece para nada velado, si no muy claramente al exigir abiertamente prioridad para los americanos, aunque lo que si aparece velado es una consideración en ello claramente independentista. </p>
<p>No sabemos si no eran conscientes de ellos o si pero no querían afirmarlo aun tan radicalmente, pero este texto tiene la importancia histórica de ser uno de los primeros programas americanos en solicitar de alguna forma que los americanos tengan protagonismo en el gobierno y los asuntos de sus países, algo que, como sabemos, fue el nexo de unión de la emancipación e independencia americana a partir de 1810.</p>
<p>Históricamente las <strong>Capitulaciones de Zipaquira</strong> tienen un recorrido claro. Después de la conformación de un potentísimo ejercito comunero liderado por Berbeo en el Socorro, este se dirige hacia Bogota, con la intención de ocuparla militarmente. Enterado de ello el Virrey, manda al Arzobispo de Santa Fe, el futuro Virrey Antonio Caballero y Góngora a que se dirija a la Zipaquira, donde han acampado los comuneros, para negociar una salida diplomática, dar tiempo al ejercito español a armarse y evitar una invasión militar comunera de la capital.</p>
<p>Es en esa ciudad a un día de la capital donde Caballero recibe del jefe comunero Berbeo las Capitulaciones, en forma de texto articulado con 35 puntos, pidiendo reformas políticas, económicas y administrativas para los criollos, indígenas y esclavos, texto que fue firmado inmediatamente, sabiendo que no lo iba a cumplir el 6 de junio de 1781, con el objetivo de obtener una paz temporal (que en el caso de los criollos se volvió permanente en ese contexto).</p>
<p><strong>El texto de las Capitulaciones lo forman 36 puntos</strong>, repartidos así: </p>
<p>- Reclamaciones económicas relativas a rebajas y supresión de impuestos.<br />
- Prioridades eclesiásticas.<br />
- Asuntos políticos y administrativos, con una declaración velada de protoindependencia, como era la prioridad de los americanos-criollos respecto al desempeño de cargos públicos, y la conservación de las milicias populares.</p>
<p>Entre otros, los puntos destacados del documento fueron:</p>
<p>- Abolición de los impuestos de la Armada de Barlovento (1)<br />
- Abolición de los impuestos  de guías y tornaguías (2)<br />
- Abolición de los impuestos del ramo de barajas (3)<br />
- Abolición de los impuestos  de las medias anatas (5)<br />
- Abolición del estanco de tabaco (6)<br />
- Abolición del los derechos eclesiásticos (22)<br />
- La rebaja del impuesto de alcabala (9)<br />
- Reestablecimiento del aguardiente, la sal, el papel sellado, la pólvora, y correos (4, 8,11,14,16,27)<br />
- Derecho de armar rancherías (25)<br />
- Derechos y mejores tratos para los indios (7, 14)<br />
- La preferencia para los americanos en los empleos de primera y segunda categoría (21)<br />
- El mantenimiento del ejército comunero (18)<br />
- Expulsión del visitador Juan Francisco Gutiérrez de Piñeres (17).<br />
- Perdón y amnistía general (36).</p>
<p>Como vemos, si bien no son medidas extremadamente radicales y revolucionarias, si fueron medidas que en ese momento reclamaban todos los estamentos sociales americanos, fruto de una situación de injusticia económica y de desigualdad política y social, que los comuneros neogranadinos exigían que fueran reparadas y revisadas.</p>
<p>Aunque la proclama 21 exige la preferencia americana, y muchos lo han querido ver como un legítimo antecesor de la independencia americana, porque en parte algún tipo de idea cercana debían tener los comuneros, sin embargo son medidas y propuestas que en ningún momento rompen con la soberanía española en territorio americano, ni siquiera la cuestionan. Su propósito es, pues, bien resumido en la proclama de Manuela Beltrán de tratar de eliminar los malos usos y malos gobiernos que se están llevando (Piñeres, Barlovento) en nombre del rey, que al final es el soberano al cual se le pide, a través de su representante en America, el Virrey Florez, corregir los malos usos y las injusticias que se están cometiendo.</p>
<p>A pesar de ello y de lo relativamente suaves de sus declaraciones y exigencias (salvo los puntos 21, 18, y 1) sin embargo estas declaraciones fueron radicalmente rechazadas extra-oficialmente por la máxima autoridad virreinal en Nueva Granada que los negó y rechazo y no se comprometió personalmente en ningún momento a ellos, si bien su “negociador” Caballero y Góngora los firmara de una forma mentirosa con el único objetivo de ganar tiempo para los españoles.</p>
<p>En este sentido, encontramos alguna similitud con la legislación castellana, en el sentido de que fue totalmente rechazado todo tipo de acuerdo por la máxima autoridad del reino, negado y desobedecido en todo momento, y además, rápidamente eliminado después de la restauración del orden y la liquidación del movimiento comunero.</p>
<p><strong>Un proyecto radical de soberanía política.</strong></p>
<p>Por otro lado tenemos el proyecto legislativo-político de los comuneros castellanos, diferenciados de los neogranadinos en su mayor alcance y radicalismo, pero que compartieron de forma común el rechazo total y la incomprensión de la cabeza del reino, que, en ambos casos, jamás se negó a cumplir ni un solo punto de ellas.</p>
<p>Como hemos visto en la introducción de este apartado, la legislación y la política comunera se radicalizan en verano de 1520 en Ávila y Tordesillas al punto de que en apenas un mes, el movimiento comunero produce una ley y unas estructuras políticas de poder propias que rompen todos los lazos de unión con el imperio flamenco, le desalojan del poder y reclaman su movimiento como único movimiento soberano legitimo en territorio castellano. </p>
<p>Producen un órgano político soberano, como fue la Santa Junta de Castilla y una ley propia que llega a tomar cuerpo en forma texto protoconstitucional como fueron los Capítulos del Reino, la Ley Perpetua o Constitución de Ávila, según se le quiera denominar.</p>
<p>El contexto de la Constitución de Ávila viene marcado directamente, como hemos visto, por la segunda parte del desarrollo de la rebelión comunera.</p>
<p>Tras los primeros conatos de unión en Ávila, se produce la llegada a finales de Agosto de 1520 de la Santa Junta (organismo político de los comuneros) a la ciudad de Tordesillas, de gran simbolismo al ser el lugar de reclusión forzada de la que se consideraba soberana legitima de Castilla, la reina Juana.</p>
<p>Allí, rápidamente se forma la Junta de Tordesillas, que obtiene el beneplácito de la soberana, decreta formalmente lo que se había adoptando en Ávila pero se da un paso jurídico importantísimo en este momento, como un modelo de autolegitimación de poder soberano que, por ejemplo, no se atrevió a dar El Común de Nueva Granada que seguía actuando en nombre del monarca español. Formalmente, se aprueba la proclamación de ese organismo en Cortes y Junta general del reino. Así, en poco tiempo se estaban dando pasos agigantados y cortando poco a poco los lazos de unión con el poder imperial. </p>
<p>Estos lazos se terminarían de cortar definitivamente en septiembre de 1520 cuando se proclama la soberanía de la reina Juana, se compromete a utilizar las armas si esto fuera necesario y a auxiliar a cualquier ciudad que estuviera amenazada, y ya cuando definitivamente se da la puntilla definitiva al poder imperial y decidió asumir ella misma la tarea de gobierno, instaurándose el gobierno revolucionario.</p>
<p>De esta forma 5 meses después del inicio de los primeros movimientos comuneros, el contra-poder comunero, el gobierno legitimo y oficial de los rebeldes, la Santa Junta de Castilla ha roto ya con el poder imperial representado en el Consejo de Regencia y con el rey Carlos V, y se ha declarado a si misma único gobierno legitimo en el Reino de Castilla. Era pues, la única autoridad del reino. </p>
<p>Ello seria, su ser hubiese dado en el caso de Nueva Granada, una declaración formal de independencia con respecto al reino castellano, si no fuera porque era precisamente el poder de ese reino el que tomaban los comuneros. No se estaban separando de Castilla si no todo lo contrario, estaban desalojando del poder formalmente a los flamencos liderados por el soberano a los que consideraban ilegítimos para el gobierno de Castilla.</p>
<p>Automáticamente empieza a nombrar por toda Castilla a dirigentes de las ciudades comuneras después de desalojar a los imperiales de ellas. Como culminación de todo este proyecto jurídico innovador de esta parte de la rebelión comunera castellana, se produce la elaboración en algún momento de agosto de 1520 de la llamada “Constitución de Ávila”, autentico programa jurídico de la revolución comunera castellana.</p>
<p>Como he señalado anteriormente, tras la dura represión flamenca en 1521, se han perdido todos los resquicios que quedan sobre el texto constitucional comunero, y son muy pocas las informaciones que nos queda de el, aunque por suerte conservamos el texto. Es por ello, que es complicado fecharlo y ni si quiera los mas destacados estudiosos del tema, como José Belmonte Díaz, son capaces de ubicarlos con exactitud. </p>
<p>Todo lo contrario de lo que sucedes con el texto legislativo neogranadino, que se conserva y esta perfectamente documentado tanto su contenido, como su elaboración y el contexto en que fue negociado con las autoridades españoles.</p>
<p>En el texto comunero, los historiadores lo suponen ubicado, por el sobrenombre (“Ávila”) en algún momento de agosto de 1520, en que se producen las dos cumbres políticas comuneras, la Junta de Ávila y la Junta de Tordesillas. </p>
<p>Parece mas lógico pensar que fuera dando en Ávila, a inicios de agosto de 1520, por varios motivos que ya señala Belmonte; el lenguaje usado es muy típico de un momento de radicalismo comunero que en el caso abulense estaba muy radicalizado, y también porque cuando la Junta comunera llega a Tordesillas, el funcionamiento político comunero esta muy perfeccionado, y se toman una serie de decisiones (la constitución en régimen de cortes, la ruptura de lazos políticos con los flamencos, la proclamación de la soberanía, el nombramiento de autoridades…) que no parece que sean fruto de la casualidad, si no de una estrategia previamente conformada, de un “plan de ruta” previamente elaborado, y teniendo en cuenta que el texto protoconstitucional se debió elaborar por aquel entonces, es lógico pensar que el texto se elaboro antes, en Ávila, y que una vez elaborado y con las ideas claras del proyecto que se quería, se debió llevar a Tordesillas, aprobado por el resto de ciudades y puesto en marcha a través de sus decisiones políticas.</p>
<p>No obstante, no hay un consenso sobre este tema y la ubicación exacta es todavía inexacta.</p>
<p><strong>El texto de las Constitución lo forman 24 apartados</strong>, repartidos así: </p>
<p>- Reclamaciones económicas relativas a modificaciones económicas, rebajas y supresión de impuestos.<br />
- Asuntos políticos y administrativos, relativos al mandato, soberanía, administración, cortes, cargos, procuradores, y limitaciones.</p>
<p>Entre los puntos que seria interesante mencionar de este texto legislativo comunero, según lo estudiado por algunos historiadores como Pérez, o Belmonte estarían;</p>
<p>- <strong>En primer lugar</strong>, en lo referido al modelo territorial-geográfico, parece existir y parece claro que los comuneros pretendían hacer de Castilla una federación de ciudades libres, una especie de federación regional de ciudades, mas parecidas al modelo renacentista italiano (Florencia, Venecia..) que a lo que entonces era el reino castellano.</p>
<p>- <strong>En segundo lugar</strong> habría que mencionar la noción de mandato imperativo que parecen recoger los comuneros como proyecto, y donde aseguran la plena independencia de los procuradores respecto al monarca. El Rey otorga libertad a las ciudades y villas para que estas redactasen, el mandato que luego confirieran a sus representan¬tes. Es un margen de libertad ciudadana hacia el poder regio. También en lo referido al mandato llama la atención en el apartado “procuradores y servicio” que los comuneros exigen que después de la reunión de cortes, los procuradores acudan a sus ciudades y dar cuenta de todo lo que se ha dicho allí, so pena de perder el oficio y el salario. También se exige dar cuenta de su oficio a los oficiales de la hacienda pública.</p>
<p>- <strong>En tercer lugar</strong> en lo referido a la soberanía política, donde leyendo la elaboración legislativa se entiende la intención por parte de los comuneros de eliminar a la alta nobleza de las responsabilidades políticas y de gobierno. La Santa Junta, además, de ello, como hemos dicho antes, era la única poseedora y detentadora del poder y de la soberanía política. Ello, además, se basaba, según lo que aparece en el propio texto, en un concepto pactista de co-soberanía junto con el reino, conjunto en el cual recae la soberanía política castellana y que aparece varias veces mencionado (“contrato hecho y contraído entre Nos e los dichos nuestros Reinos “). Hay, pues un pacto o contrato con respecto al ciudadano, y de alguna forma, el rey debe contar con el consentimiento ciudadano. Como vemos, esta parte del texto, aunque es muy novedosas, a la vez es radicalmente anti-absolutista, en parte reflejo del medievalismo de poner topes a la autoridad real, pero algo que iba radicalmente en contra de la época naciente, el inicio del absolutismo monárquico y la modernidad renacentista fuertemente autoritaria. Era, además, una tradición castellana, de forma que el rey no “podía hacer lo que quisiera” y debía cumplir y jurar las leyes y los fueros como los demás. De esta forma hay limitación de los nobles, soberanía política del reino, pactismo en el poder, cumplimiento de leyes, asunción por parte de la Junta, en nombre del reino, de la representatividad del reino que recae conjuntamente con el soberano, y por tanto limitación al absolutismo.</p>
<p>- <strong>En cuarto lugar </strong>en lo referido a las cortes del reino, de forma que los comuneros tratan de dotar a sus cortes de soberanía e independencia política con respecto al soberano, ejemplificado en la reivindicación del derecho a la convocatoria de cortes por parte de las ciudades por propia iniciativa, y sin necesidad de licencia del rey como en el caso aragonés (aparece claramente recogido en el apartado “procuradores y servicios”), aumentando su poder, que era bastante limitado en comparación  ya que  les estaba veda¬do todo poder político efectivo, y no tenían participación sino en pequeño grado dentro del poder legislativo.</p>
<p>- <strong>En quinto lugar</strong>, y aquí comparte un elemento común con la legislación y la rebelión neogranadina, el hecho de excluir y rechazar a los extranjeros que han copado poderes ilegítimos, en este caso los flamencos, en altas instituciones del estado (casa real, gobernadores, consejo, obispos, arzobispos, chancillería, alcaldías y fortalezas) de forma que se debería desalojar a los extranjeros (flamencos) de esos puestos y colocar a “naturales de estos reinos” en ellos, es decir en los mas alto e importantes cargos del reino, exactamente igual que se exige en el punto 21 de las Capitulaciones de Zipaquira.</p>
<p>- <strong>En sexto lugar</strong>, en el apartado “procurados y servicio”, se pide claramente la supresión del servicio otorgado por las ciudades castellanas al emperador en La Coruña. Recordemos que estas cortes (Coruña y Santiago) convocadas por Carlos V se convocaron con el objetivo de obtener “servicios” o prestaciones económicas por parte de las ciudades castellanas al emperador para sufragar los gastos y la aventura imperial, con el objetivo de ser coronado emperador del Sacro Imperio, y que fue obtenido de forma fraudulenta sobornando o expulsando a muchos procuradores a cortes. La petición de supresión de un impuesto extraordinario e ilegitimo, es otro elemento muy similar a las Capitulaciones de Zipaquira en lo referido a la Armada de Barlovento y muy similar a lo expuesto en esta carta en el punto 1. También en este apartado se pide que en convocatoria de cortes, las ciudades tengan derecho de enviar a sus representantes o procuradores y sean ellas quienes les otorguen poderes a las que ellas escojan. De esta forma se evita que vayan personas compradas e influenciadas por el soberano, como paso en Coruña.</p>
<p>- <strong>En séptimo lugar</strong>, en el apartado “alcabalas y rentas reales”, petición de reducción fiscal y reestablecimiento del precio de alcabalas y tercios reales, para que se reduzcan a la cantidad establecida en época de los Reyes Católicos. Otro elemento muy similar a lo establecido en Zipaquira en los puntos 9, 4, 8, 11, 14, 16, 27.</p>
<p>- <strong>En octavo lugar</strong>, se establece que, para evitar la huida de dineros de castilla a los flamencos se prohíbe sacar moneda, vellón, oro, o plata del reino, “so pena de muerte y confiscación de bienes”, ya que es algo que han hecho los flamencos y por ello “el reino esta pobre y perdido”.</p>
<p>- <strong>En noveno lugar</strong> exactamente lo mismo que lo octavo en lo referido al pan, cuero, ganado y lana y otros paños de valor, por el mismo motivo.</p>
<p>- <strong>En décimo lugar</strong> una cosa muy llamativa se establece como es la limitación temporal del poder (algo muy actual), en el apartado “consejos y audiencias” se establece que los “Corregidores, Alcaldes, Oficiales de las ciudades, villas, Adelantamientos, y otras justicias, no puedan ser prorrogados, ni se prorroguen sus oficios por mas de un año”, con el objetivo de evitar defectos en la justicia.</p>
<p>- <strong>En undécimo lugar</strong>, hay un apartado con vinculación directa también con Zipaquira y, en general, con las colonias americanas, en lo referido a “indias, islas y tierra firme”, donde se pide la supresión de la esclavitud, trabajo forzado y daños a los indígenas (recordemos que en 1520, todavía los conquistadores españoles usaban a los indígenas como mano de obra esclava en muchos lugares, estaba asentado la encomienda y otros sistemas de trabajo forzado). Por tanto este apartado tiene una gran similitud a lo establecido en los puntos 7 y 14 de las Capitulaciones de Zipaquira.</p>
<p>- <strong>En duodécimo lugar</strong>, en el apartado “contribuciones” otra sorprendente medida contraria a los privilegios de la alta nobleza y del alto clero, se establece igualdad en el pechar de todos los súbditos del reino, es decir, que todos debían pagar impuestos, ya que los altos estamentos privilegiados estaban exentos.</p>
<p>Como vemos, pues, el alcance de la legislación comunera castellana es muy elevado y con razón, muchos lo ven como un texto protoconstitucional a todas luces, que sin embargo quedo olvidado en la historia.</p>
<p>Tienen ambos textos diferencias fundamentales, sobretodo y especialmente en lo referido a;</p>
<p>• <strong>La soberanía</strong>; de una forma clara, como he dicho ya en varias ocasiones, los comuneros neogranadinos no ofrecen un programa de soberanía total, si no parcial (ocupación de altos puestos para los criollos, pero bajo soberanía española) mientras que los castellanos en su texto si ofrecen soberanía política del reino y de las cortes, y lo manifestaran en la constitución de cortes del reino, rompiendo lazos con el poder imperial.</p>
<p>• <strong>Limitación de privilegios y poderes a las clases altas de la nobleza</strong>; en el caso castellano se ve claramente en los apartados  2, 4, 10 y 12 del análisis superior de Ávila, y se establece claramente un freno tanto a la autoridad absoluta del  monarca como a los privilegios de la alta nobleza, cosa que no ocurre en el caso neogranadino con su equivalente en los criollos, ya que son estos quienes redactan las peticiones y el grueso que lidera la junta y el ejercito comunero, aunque si se pide un freno a las atribuciones de las elites españoles.</p>
<p>No obstante también tienen varias similitudes entre ellos, de forma que es mas o menos accesible hacer una comparación entre ellos, como hemos visto ya, en los temas referidos a;  </p>
<p>•	La <strong>preferencia de naturales en los altos puestos políticos y administrativos del reino</strong> (criollos en el caso neogranadino antes que españoles, y castellanos antes que flamencos en el caso castellano) por encima de los extranjeros.</p>
<p>•	La <strong>supresión de impuestos otorgados o establecidos de forma irregular</strong> (la Armada de Barlovento en el caso neogranadino, y el Servicio de la Coruña en el caso castellano).</p>
<p>•	La <strong>petición de reducción fiscal y reestablecimiento del precio</strong> en ambos casos se establece como una exigencia (alcabalas y rentas reales en el caso castellano, alcabala, aguardiente, la sal, el papel sellado, la pólvora, y correos en el caso neogranadino).</p>
<p>•	La <strong>supresión de la esclavitud, trabajo forzado y daños a los indígenas</strong>, es común en ambos textos, tanto en el castellano en el apartado de indios como en el de Zipaquira en los puntos 7 y 14.</p>
<p>Como vemos, pues, dos textos son similitudes y diferencias pero que, en general, tuvieron una gran importancia y relevancia dentro de los respectivos movimientos rebeldes comuneros y que fueron el eje central en cada uno de ellos en cuanto al programa político y jurídico que se debía establecer y seguir en cada caso. </p>
<p>Documentos que han sido igualmente tratados de forma muy diferente en cada caso pues, aunque en ambos casos fueron rechazados, como hemos visto, en el caso neogranadino, las Capitulaciones de Zipaquira se han conservado y estudiado y son consideradas como, de cierta manera, parte del proceso que condujo a la independencia nacional y por ello bien consideradas, pero en el caso castellano, la Constitución de Avila fue, como el resto de innovaciones comuneras, literalmente borrado de la faz de la tierra, lo cual hace mucho mas complicado su estudio y valoración.</p>
<p>Autor: <strong>Guillermo Fiscer</strong></p>
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		<title>Las revueltas comuneras de Castilla y Nueva Granada; un análisis comparado V: actores sociales</title>
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		<pubDate>Sun, 24 Jul 2011 10:00:37 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Guillermo Fiscer</dc:creator>
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		<description><![CDATA[En ambos casos, como ya hemos afirmado anteriormente en el contexto general de ambas revueltas, las rebeliones comuneras de Castilla y Nueva Granda fueron de una gran heterogeneidad social, lo cual explica en gran medida las diferencias e incoherencias internas que tuvieron los comuneros en ambas revueltas, precisamente por la diferencia de intereses en ambos [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/06/america.jpg"><img src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/06/america-300x234.jpg" alt="América" title="América" width="300" height="234" class="alignleft size-medium wp-image-1071" /></a>En ambos casos, como ya hemos afirmado anteriormente en el contexto general de ambas revueltas, las rebeliones comuneras de Castilla y Nueva Granda fueron de una gran heterogeneidad social, lo cual explica en gran medida las diferencias e incoherencias internas que tuvieron los comuneros en ambas revueltas, precisamente por la diferencia de intereses en ambos casos, tal y como afirma Briceño pero que es también perfectamente aplicable al movimiento castellano;</p>
<p><em>“La existencia de dos clases distintas con intereses político-económicos distintos en el seno de un mismo movimiento insurreccional plantea un complejo juego de contradicciones”</em></p>
<p>Así paso en ambos casos y fue precisamente la contradicciones de intereses de clase lo que provoco en ambos casos, en parte, la derrota “interna” de la revuelta, mejor vista en el caso neogranadino con el abandono de la lucha por parte de Berbeo al conseguir en Zipaquira lo que a el, como criollo le interesaba o el caso de Plata, criollo infiltrado dentro del movimiento comunero, como el mismo decía para autojustificar su participación en “El Común” en marzo de 1781.</p>
<p>Sin embargo, la sociedad colonial americana era mucho más heterogénea y compleja que la española, y en ella participaron actores sociales que en Castilla no existían en el siglo XVI.</p>
<p><strong>Una sociedad muy heterogénea</strong></p>
<p>En el caso de la rebelión comunera neogranadina, la <strong>sociedad colonial española</strong>, como hemos visto en el contexto, es muy compleja y heterogénea.</p>
<p>Por un lado se colocan en la cúspide los españoles, que llegan a territorio americano a ocupar los mejores puestos políticos y administrativos y que desde el primer momento van a colocarse como el sector mas privilegiado con poder político y económico. Los puestos virreinales y los altos funcionarios del imperio colonial en territorio americano estaban reservados para españoles peninsulares. Algunos ejemplos de estos españoles que intervienen en la rebelión comunera a favor, lógicamente, de sus intereses seria el caso del Virrey Manuel Flores o del entonces arzobispo y después Virrey Antonio Caballero y Góngora.</p>
<p>Los descendientes españoles nacidos en territorio americano serian los criollos, en parte líderes de la rebelión comunera neogranadina y que pronto entran en contradicción con los españoles, pues aunque también obtienen poder económico, el poder político y administrativo les resulta esquivo, pues es monopolizado por los españoles liderados por los virreyes. Así pues, se verán desplazados de la soberanía política en los virreinatos americanos, exigiendo ya en el siglo XVIII y ya abiertamente en el siglo XIX la participación y la soberanía política que le ha sido esquiva durante 3 siglos.</p>
<p>Estos criollos tuvieron un peso económico fundamental, hicieron fortuna como comerciantes, rentistas, o burócratas, y que en el caso de la rebelión comunera, tienen un peso político fundamental, por lo menos en la primera parte como hemos visto. En esta primera parte de la rebelión comunera neogranadina, los criollos son los que capitalizan el descontento de los pobres en el tumulto de Socorro en marzo de 1781 y rápidamente serán los criollos, los notables locales americanos, los que “recogen el guante” de la indignación popular y se colocan a la cabeza de ese movimiento para conducirlo, lógicamente, a sus intereses político-económico fundamentales, orientados, tal y como se plasma en las Capitulaciones a la reducción de impuestos y a un mayor peso político de los criollos. </p>
<p>Estas medidas, que aunque puedan beneficiar y beneficiaron a los pobres, sin embargo eran orientadas claramente al beneficio de los criollos, al menos de los ricos. Una vez obtienen lo que en teoría se les ha prometido, abandonan la lucha rebelde y de hecho serán ellos los mayores enemigos, junto a los españoles y también los mayores blancos de las iras de los rebeldes liderados por Galán. Ejemplos de estos criollos ricos serian los líderes de 	“El Común” en la primera parte de la rebelión, Juan Francisco Berbeo o Salvador Plata.</p>
<p>No obstante, aquí cabria hacer una matización en el terreno de los “criollos”. Si entendemos por criollo simplemente a los americanos descendientes de españoles, indistintamente de su clase social, entonces también aquí habría que meter a los criollos pobres, a la masa social empobrecida del Socorro, algunos de los cuales eran descendientes de españoles pobres que emigraron a America, y por tanto también eran criollos. Un ejemplo de criollos pobres seria la celebre heroína Manuela Beltrán nacida en Charalá, pertenecía a una modesta familia descendiente de españoles, que manufacturaba tabacos y poseía una tienda de efectos de Castilla, y que se hizo famosa por encender la chispa de la rebelión en Socorro el 16 de marzo de 1781.</p>
<p>En las cúspides mas bajas, los indios y esclavos no tienen poder ni político ni económico y se encuentran como mano de obra, a veces esclava, para obtener los recursos económicos que enriquecen no solo a los españoles, si no también a los criollos. </p>
<p>En el caso indígena, y mestizo forzados a trabajar en un primer momento y pacientes de un sistema de trabajo como la encomienda (que consistía en que la corona asignaba o “encomendaba” a los conquistadores una serie de indígenas para usarlos como mano de obra y a cambio el conquistador les transmitía la cultura cristiana occidental) el repartimiento (trabajo por turnos) o el yanaconaje (aparcería), trabajan entre otros en las grandes minas de metales de Potosí y Zacatecas, o las de Antioquia, Novita, y Popayán en Nueva Granada. Por ello, verán en las rebeliones indígenas (Gaitana, Tupac Amaru&#8230;) el elemento libertador para redimirse de esta situación.</p>
<p>Muchos de estos mestizos, si bien se colocaron desde el primer momento bajo las ordenes del ejercito comunero, liderado por criollos, es cierto que siempre desconfiaron de ellos y trataron de colocar a partidarios suyos dentro del ejercito, como fue el caso de José Antonio Galán o Ambrosio Pisco. Fueron uno de los sectores sociales más perjudicados del orden colonial español, y por ello fueron de los más rebeldes. En comparación con la rebelión comunera castellana, seria su radicalismo comparable al de las masas campesinas castellanas que iniciaron revueltas antiseñoriales durante la revolución comunera. En radicalismo, ambos son comparables. Por ello, en la segunda mitad de la rebelión, tras las capitulaciones, serian ellos quienes llevarían la voz cantante en la figura de Galán, tomando las medidas mas radicales, atacando a criollos y españoles blancos ricos, y colocándose como súbditos bajo la soberanía del autoproclamado rey inca Tupac Amaru II del Perú.</p>
<p>Por su parte, los esclavos negros, capturados en África y transportados en los barcos negreros (posteriormente los asientos de negros) a America donde trabajaban en las minas y en las plantaciones en régimen de esclavitud en todo el continente, haciendo los trabajos mas duros que físicamente resistían mejor que los indígenas.</p>
<p>También los esclavos negros de origen africano, fueron el otro sector radicalizado de esta rebelión. Históricamente, como hemos visto en el contexto americano, los esclavos vienen de una tradición de rebeldía que se manifiesta en los palenques de fugados, y de lideres esclavos como el ya mencionado Benkos Biohó. Durante la segunda parte de la rebelión comunera liderada por Galán, los indígenas, mestizos y esclavos llevaron sus propuestas a la primera plana, y de hecho una de las medidas mas populares entre el pueblo tomadas por Galán en sus campañas por el valle del Magdalena, medidas que le valieron en parte la condena a muerte, fueron la liberación masiva de esclavos negros africanos en las haciendas y villas por las que pasaba.</p>
<p>Es de mencionar el hecho de que, tanto los rebeldes comuneros castellanos como los neogranadinos pusieron en su programa de actuación un rechazo bastante marcado al tema de la esclavitud. Galán se opuso a la esclavitud y libero a todos los esclavos que pudo. Los comuneros castellanos, en la Constitución de Ávila o Tordesillas, dejaron manifiesto su oposición a la esclavitud y su voluntad de terminar con ella.</p>
<p>Como vemos, a nivel social, al igual que en el caso castellano se ha generado desde el inicio de la conquista un malestar de doble tipo; entre los americanos y los españoles por un lado y entre la propia sociedad americana entre si, que será germen, como en el caso castellano de la revuelta social que radicalizara el movimiento comunero neogranadino en el siglo XVIII, son los “odios y tensiones heredadas” en ambos casos.</p>
<p>Una sociedad, como vemos, muy compleja, muy heterogénea y con grandes intereses de clase encontrados entre ellos, entre el propio bando comunero.</p>
<p><strong>Un equilibrio entre la desigualdad</strong></p>
<p>Por su parte, la sociedad castellana del siglo XVI, también era lógicamente y como todas las sociedad de ese momento, una sociedad desigual y estamental.</p>
<p>Era una sociedad con intereses encontrados, y con diferencias de clase marcadas, pero que a diferencia de los neogranadinos supieron encontrar un punto de mayor equilibrio entre ellos y supieron apoyarse unos con otros para lograr una causa común. Ello, lógicamente no implica que muchos campesinos se radicalizaran y trataran de forzar a la Santa Junta, o que muchos nobles abandonaran el movimiento comunero o se pasaran de bando por la heterogeneidad social del bando comunero. Sin embargo, supieron aliarse entre ellos (sin necesidad de un acuerdo escrito formal, como en el caso neogranadino) y juntos fueron a la guerra.</p>
<p>En la sociedad castellana del siglo XVI, no obstante, podemos distinguir tres sectores claramente identificados que van a participar activamente en la rebelión comunera castellana:</p>
<p>En primer lugar estan los <strong>nobles castellanos</strong>, que si van a participar activamente desde el primer momento en la rebelión comunera. En parte, estos nobles castellanos van a influir en un primer momento en la definición de un contra-poder castellano, al verse perjudicados claramente por los flamencos que copan los poderes y las altas autoridades del reino, desplazándolos del poder y quedándose con los impuestos castellanos para sus intereses europeos. También muchos de estos nobles, muchos de ellos señores feudales, ven con malos ojos y con mucho recelo el creciente poder de la monarquía absoluta, ya iniciada en época de los Reyes Católicos y que se manifiesta mas claramente en Carlos V, que introduce un modelo alternativo de monarquía absoluta, sin el contrapeso de la nobles o de los señores feudales.</p>
<p> Sin embargo, con el devenir y en parte con la radicalización de los acontecimientos comuneros, va a ser entre sus filas donde se cuente un mayor numero de abandonos por discrepancias internas o cambios de bando, por proteger sus intereses ante el auge de la rebelión campesina antiseñorial, atraídos por las promesas del emperador flamenco, como fue el caso del condestable de Burgos, el duque del Infantado, el conde de Alba de Aliste, el infante de Granada o el almirante de Castilla. También algunos de ellos, como el caso de Juan Arias Dávila, en un primer momento “ni participan ni se oponen” a la rebelión, si no que se colocan expectantes para ver, con el devenir de los acontecimientos, quien puede resultar victorioso para colocarse a su lado y apoyarlos. De esa forma nunca pierden.</p>
<p>No obstante, dentro de la nobleza o de los “notables” existía otra facción, una “nobleza venida a menos”, la nobleza media, la hidalguía o el patriciado urbano, que si constituyeron una base de apoyo mucho mas fiel a la causa comunera en todo momento, como fue el caso de destacados lideres comuneros como Juan de Padilla, Juan Bravo, Francisco Maldonado, Pedro de Ayala, Juan de Zapata, María de Pacheco o Pedro Lasso de la Vega. </p>
<p>Como vemos, ellos constituyen el grueso de la dirigencia comunera, tanto de la Santa Junta de Castilla como del ejercito comunero, y se podría, por tanto decir, que la dirigencia del movimiento comunero castellano estuvo en manos de una alianza de la baja y media nobleza y de las clases medias, que junto con el apoyo material de las clases bajas lideraron la rebelión comunera. </p>
<p>Caso diferente al neogranadino, donde la junta comunera inicial estuvo liderada en un primer momento por los criollos y notables americanos, que se alían con las clases bajas y mestizas para obtener el liderazgo del movimiento. Aunque es cierto que en ambos casos las clases altas (alta nobleza castellana y criollos americanos) acabaron abandonando el movimiento comunero, tanto por la radicalidad de este como por sus intereses de clase personales y particulares.</p>
<p>En segundo lugar, estaría el caso de las llamadas <strong>clases medias</strong>, que como ya hemos dicho, junto a la baja y media nobleza son el grueso de apoyo y militancia del movimiento comunero. Destacaría pues aquí una clase media de labradores, artesanos, profesiones liberales, agricultores o comerciantes. </p>
<p>Son trabajadores, pero de un nivel más elevado que los simples peones, campesinos o jornaleros del campo que conformarían las clases mas bajas y que también tendrían su peso en lo relativo a la radicalización. Entre estas clases medias destacarían algunos comuneros como Luis de Cuéllar, Antonio Suárez, Antonio de Aguilar, Gonzalo de Ayora, Alonso de Zúñiga, o el célebremente conocido Alonso de Arreo, alcalde de Navalcarnero y aliado de Juan Bravo.</p>
<p>Aquí cabria mencionar, a caballo entre la media y baja nobleza y las clases medias el papel que historiadores como Maravall, Maldonado o Pérez le dan a los judíos conversos, pues en su opinión tuvieron un peso especifico importante en la rebelión, al afirmar estos autores que tanto los Bravo como los Zapata estaban emparentados con familiares o tenían familiares judíos conversos. Por ello algunos de estos autores han creído ver en los conversos una fuerza impulsora de la rebelión (aunque esto tiene mucho de tinte paranoico antisemita, tan típico en la Castilla bajo medieval).</p>
<p>En tercer lugar destacan el <strong>pueblo llano</strong>, la clase baja o la clase trabajadora, que son trabajadores, peones, campesinos o jornaleros del campo que conformarían las clases mas bajas y que también tendrían su peso en lo relativo a la radicalización. No se conoce figuras relevantes del movimiento comunero pertenecientes a esta clase mas baja del pueblo llano, pues la dirigencia recayó en las clases nobles y medias, pero indudablemente, el pueblo llano fue una fuerza destacada en la rebelión comunera, como lo demuestra el peso que tienen en las rebeliones antiseñoriales en tierra de campos. También en las ciudades tienen su peso en la rebelión comunera.</p>
<p>Por tanto, como vemos, al igual que en el caso neogranadino, la rebelión comunera castellana tiene una gran heterogeneidad social, pero la diferencia fundamental entre ambos, es que mientras que en el caso neogranadino no encontraron un equilibrio total entre ellos hasta el final, en el caso castellano si hubo un acuerdo táctico más duradero. </p>
<p>No obstante cabria señalar aquí que ello en parte puede deberse a que en el caso neogranadino, las clases bajas eran mucho mas numerosas y radicalizadas que en el caso castellano, y por ello las clases altas recelaron de ellas mucho mas pronto y mas rápido, al igual que las bajas, ya que a pesar de la alianza, siempre recelaron entre ellas.</p>
<p><strong>Otros sectores</strong></p>
<p>Aquí cabria señalar aunque sea brevemente el peso que tuvieron algunos sectores sociales en ambas rebeliones, y que seria interesante comentar, como es el caso de la iglesia o de las mujeres.</p>
<p>En ambas rebeliones, ambos sectores sociales aparecen claramente identificados, aunque en uno de los casos comparten diferencias notables.</p>
<p>Empezando por la iglesia, parece más o menos claro, que estos tuvieron un peso especifico en el bando comunero castellano, no así en el neogranadino.</p>
<p>En el caso castellano los frailes y el bajo clero rural y urbano castellano, muchos de ellos de procedencia muy humilde, rápidamente se identificaron con el bando comunero, y predicaron a favor de la rebeldía con la tiranía de los flamencos, de forma que convirtieron sus pulpitos y misas en auténticos sermones incendiarios a favor de la causa comunera. Esta costumbre de los frailes y clero rural usando el pulpito para uso político fue una costumbre que, por ejemplo, se extendió bastante en las zonas rurales españoles del siglo XIX en los frecuentes enfrentamientos entre conservadores y liberales.</p>
<p> No obstante no solo el bajo clero apoyo la rebelión, también destaca aquí, por ejemplo, el caso del ya mencionado Antonio de Acuña, obispo de Zamora que aspiraba a ser arzobispo de Toledo, guerrillero y que participa en campañas militares en Tordesillas y en tierra de campos, atacando a las autoridades imperiales, el cual fue perseguido tras la derrota comunera, encarcelado y posteriormente ejecutado en 1526.</p>
<p>Es de destacar que tanto unos como otros extendieron el mensaje de la humildad, del servicio a los oprimidos y del rechazo a los opresores, y flamencos, que, seguramente, identificaron con el anticristo. Es importante señalar aquí que estamos en un periodo de cambio entre el feudalismo y el protocapitalismo, y que es una época con claras reminiscencias del pasado feudal, donde, y sobre todo en zonas rurales y muy atrasadas, se extendían mensajes espiritualistas, culpando a los malos gobiernos de las calamidades como castigos de Dios, y donde muchos de ellos abrazaron lo que se podría considerar en el caso de Acuña en una especie de “proto-teología de la liberación”.</p>
<p>De hecho, según algunos autores, como José Antonio Maravall, en todo momento los comuneros castellanos tuvieron un punto de vista místico, de forma que para los comuneros del siglo XVI la comunidad o el reino era antes que nada, en cuanto cristianos que eran, una parte exterior de un cuerpo místico. Sin duda, aquí tuvo mucha influencia la religión cristiana, que dio en parte doctrina a la rebelión comunera y tuvo apoyo de esta, al menos de una parte importante del bajo clero, pero también de algunos notables de la iglesia como obispo de Zamora Acuña.</p>
<p>Otro ejemplo de la implicación religiosa en la rebelión comunera es el nombre que se le da al máximo órgano político comunero, la Santa Junta de Castilla, bendiciendo cristianamente a la rebelión comunera con el titulo de santidad, lo que prueba que una parte importante de la estructura eclesiástica castellana, apoyo la rebelión.</p>
<p>Por otro lado, en la rebelión comunera neogranadina, no tenemos muchas mas referencia sobre este tema, pero podemos deducir una serie de cosas. Por un lado, no hay datos concretos de miembros del bajo clero que, al igual que ocurrió en la rebelión castellana participasen e incluso integrasen activamente las filas comuneras, en tanto que procedían de las clases mas humildes.</p>
<p>No obstante, si podemos hacer una deducción en tanto al alto clero. En Nueva Granada, a diferencia de en Castilla, todos los altos cargos de la iglesias se pusieron de lado de los españoles. No hubo obispos ni mucho menos arzobispos que participasen activamente en el bando comunero. Ello, se puede deber en parte a que el contexto de Nueva Granada y Castilla eran totalmente diferente. En territorio americano, los altos cargos como podían ser el de arzobispo u obispo, estaban, como todos los altos cargos americanos, reservados a los españoles y no a criollos y muchísimo menos a mestizos o indígenas, que estaban mucho mas excluidos de la vida política o administrativa colonial. Por lo tanto, al ser estos cargos copados por españoles, obviamente ellos estuvieron de su propio lado, del virreinato y no del lado comunero.</p>
<p>Un ejemplo claro de ello es el del propio Arzobispo de Bogota y posteriormente Virrey Antonio Caballero y Góngora, que ejemplifica ese apoyo total de la iglesia, al menos de los altos cargos de la iglesia católica americana al lado de los españoles y del virreinato. Góngora fue negociador e interventor de los españoles frente a los comuneros en Zipaquira, y en parte fue su talante negociador el que impidió la entrada comunera en la capital, al negociar en las afueras y firmar rápidamente las exigencias comuneras. </p>
<p>Por tanto, vemos como en este caso, en el apoyo eclesiástico a la rebelión comunera, encontramos una diferencia fundamental entre una y otra rebelión. En el cas castellano, muchos de ellos la apoyaron activamente, en el caso neogranadino, no.</p>
<p>Otro sector social que podríamos tener en cuanto al menos para mencionar en este caso es el de las mujeres. En ambos casos, y aquí si hay un acercamiento y una similitud mayor en ambos casos, encontramos a mujeres que de una u otra forma, en alguna parte de la rebelión comunera, participan en la rebelión y apoyan activamente a los comuneros. No obstante, lógicamente, la similitud llega hasta ahí, y los dos ejemplos que tenemos, poco o nada tienen que ver una con otra.</p>
<p>Del caso de Manuela Beltrán en Nueva Granda ya hemos hablado. Mujer criolla humilde, cigarrera y tendera, que aunque participe de forma anecdótica en la primera parte de la rebelión (al no tener mucha mas información sobre ella) sin embargo hace que su fama y su gesta sea mucho mas conocida que en el caso castellano, ya que su participación fue muy simbólica. </p>
<p>A Manuela Beltrán los historiadores le han adjudicado el famoso gesto de acercarse al Edicto que establecía las nuevas medidas fiscales, en medio de la multitud del pueblo en la plaza del Socorro, en marzo de 1781 y rompiese ante ellos el edicto, inflamando a la población congregada al grito de “Viva el rey y muera el mal gobierno” y llamando a la desobediencia al impuesto de barlovento.</p>
<p>Históricamente, este gesto provoco definitivamente la chispa que prendió la rebelión, pues automáticamente el pueblo inicio las protestas y disturbios por toda la localidad. Beltrán, a pesar de que no se sepa mucho sobre ella, ha sido y es considerada en la historia colombiana como una de sus heroínas nacionales, como una mujer rebelde y revolucionaria que participo activamente en la defensa del territorio colombiano frente a los abusos de los españoles como haría después la famosa Policarpa Salavarrieta (“La Pola”), y tiene un lugar destacable en la memoria nacional.</p>
<p>Por el contrario, las acciones de María de Pacheco en la rebelión comunera castellana, si bien son mucho mas activas, profundas y documentadas, su memoria se ha perdido en la historia y solamente los investigadores o interesados conocen de su vida. De María Pacheco sabemos su vida antes de la rebelión, su vida al lado de Padilla en Toledo, su resistencia en solitario y posteriormente su exilio y muerte en Portugal, estando enterrada en la catedral de Oporto.</p>
<p>Pacheco, que tomo el nombre de su madre, rechazando el apellido paterno y posteriormente el de su marido, mostró siempre un temple guerrero y rebelde, pues nunca acepto el papel de segunda en el hogar que la sociedad patriarcal reservaba a las mujeres en la Castilla de la época. Era de familia acomodada, de la alta nobleza castellana, con un alto nivel de educación y conocimiento, manejaba diversas disciplinas y varios idiomas y tras vivir en Andalucía, se casa con el líder comunero Juan de Padilla, marchando a vivir a la ciudad de Toledo. </p>
<p>Desde el primer momento de la revolución comunera en abril de 1520 en las primeras protestas comuneras, el matrimonio Padilla-Pacheco participa activamente, al ser Toledo prácticamente el primer o de los primeros focos rebeldes de toda Castilla en protestar y en formar “comunidad”. En estos sucesos, participaron desde el primer momento los dos, y especialmente María Pacheco.</p>
<p>Una vez que Padilla marcha a la guerra al frente del ejército comunero, María Pacheco no queda relegada (como no era costumbre en ella) a un segundo plano en el hogar, y forma parte activamente de la Comunidad de Toledo, liderando el proceso comunero en esa ciudad en todo el año que resulta hasta la derrota comunera en Villalar. No obstante, la tenacidad de Pacheco se evidencia cuando, al enterarse de la derrota comunera y la ejecución de su esposo en Villalar, renuncia a la derrota y mantiene, hasta octubre, durante 6 meses la resistencia comunera en Toledo, negándose a la derrota y evitando rendirse. Hay muchas leyendas que explican el arrojo de esta mujer durante la resistencia de Toledo como aquella que narraba la negativa de rendirse ante sus partidarios, llegando a colocar uno de los cañones del Alcazar de Toledo apuntando hacia la ciudad y amenazando con bombardearla ella misma si alguien se rendía a los imperiales.</p>
<p>No obstante, la evidencia se impone y Pacheco renuncia y rinde la ciudad en octubre de 1521, lo cual fue una sorpresa para los imperiales al ver como una mujer era la que gobernaba la ciudad y rendía ante ellos el último foco de resistencia comunera castellana. Posteriormente, Pacheco se exilia a Portugal donde muere casi en la mendicidad por las persecuciones y presiones que el emperador Carlos V ejerce para que fuese entregada y juzgada en Castilla.</p>
<p>El perfil de ambas mujeres, como vemos es muy distinto, tanto por su origen social como por su participación en la revuelta comunera, mujeres que en ambos casos sabían al menos leer y escribir, extraño para su época, pero si que es llamativo que en ambos casos, fueran dos mujeres les que en algún momento de la rebelión comunera llevaran la voz cantante y tuvieran el arrojo y el valor de liderar una propuestas que muy pocos se atrevían a hacer en aquellos momentos, y mucho mas llamativo es su participación en lo que entonces era un mundo de hombres, y para los hombres.</p>
<p>En el caso americano, para ilustrar con otro ejemplo hasta que punto la sociedad colonial era patriarcal resultaría interesante leer las memorias de la bióloga y naturalista de origen alemán Marya Sibylla Merian, que relata todos los problemas y trabas que tuvo que superar para ser una figura publica respetada y admirada por su enorme y fantástico trabajo naturalista y biológico al ser una mujer en una sociedad patriarcal.</p>
<p>Autor: <strong>Guillermo Fiscer</strong></p>
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		<title>Las revueltas comuneras de Castilla y Nueva Granada; un análisis comparado IV: fin de la rebelión</title>
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		<pubDate>Sun, 17 Jul 2011 10:00:19 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Guillermo Fiscer</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Juan Bravo, Juan de Padilla, Francisco Maldonado y José Antonio Galán tuvieron un fin muy similar en sus respectivas revoluciones (pues va a ser en el liderazgo de todos ellos donde sus rebeliones pasen a ser revoluciones) y va a ser la muerte de todos ellos la que marque el fin casi definitivo de sus [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/06/juan-bravo-padilla-maldonado.jpg"><img src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/06/juan-bravo-padilla-maldonado.jpg" alt="Juan Bravo, Padilla y Maldonado" title="Juan Bravo, Padilla y Maldonado" width="346" height="450" class="alignleft size-full wp-image-1066" /></a><strong>Juan Bravo, Juan de Padilla, Francisco Maldonado</strong> y <strong>José Antonio Galán</strong> tuvieron un fin muy similar en sus respectivas revoluciones (pues va a ser en el liderazgo de todos ellos donde sus rebeliones pasen a ser revoluciones) y va a ser la muerte de todos ellos la que marque el fin casi definitivo de sus respectivos movimientos, movimientos que nacieron con ellos y que con ellos morirán.</p>
<p>Otro rasgo de similitud en el final de ambas rebeliones va a ser la autoria de sus ejecuciones. En ambos casos, exlíderes comuneros renegados y pasados al otro bando serán responsables o participes en las capturas que conducirán a la ejecución de esos lideres y la finalización de sus experiencia revolucionarias. </p>
<p>En el caso castellano, el equilibrio al que llegan los ejércitos comuneros entre febrero y abril de 1521 se ve quebrado en esos 2 meses por una recuperación del ejercito imperial, que refuerza su armamento y que a la vez aumenta el numero de sus partidarios en aquellos meses. Recordemos que la polémica medida de la Santa Junta de apoyar las revueltas campesinas provoco que muchos notables pasaran en masa al bando imperial, que les prometía no solo conservar si no aumentar su patrimonio económico a cambio de su fidelidad, o muchos otros que viendo la creciente recuperación del ejercito imperial, decidieron pasar al otro bando. De hecho serán muchos de estos últimos los que participen en la puntilla final al movimiento comunero.</p>
<p>Tras 2 meses en Torrelobaton, y viendo el creciente ejercito imperial que se dirigía hacia ellos, el líder comunero Juan de Padilla, decide salir de ese ultimo bastión comunero en dirección a Toro, para reforzarse con los ejércitos comuneros de la zona. Al mando de este ejercito comunero se encuentran los principales dirigentes del movimiento comunero; Juan de Padilla, Juan Bravo, Francisco Maldonado o Juan de Zapata, por lo que se convierten un autentico blanco móvil para los imperiales, que después de perseguirles largo tiempo, al final les alcanzan la madrugada del 22 al 23 de abril de 1521 en la localidad vallisoletana de Villalar. Allí, entre las campas y los muros de la villa se entabla la ultima batalla, donde el ejercito comunero es totalmente liquidado en la zona y sus lideres apresados. El día siguiente, 24 de abril, en la plaza mayor de ese pueblo de Villalar, los jefes del ejército comunero y de la Santa Junta, Padilla, Bravo y Maldonado son decapitados y expuestos públicamente para escarmiento.</p>
<p>Así pues, el ejercito comunero había sido aniquilado y tras 6 meses de resistencia, en octubre de 1521 los últimos focos de resistencia comunera en Toledo dirigida por María de Pacheco, se rinden al poder imperial. La revolución comunera había terminado en el mismo lugar donde comenzó más de un año antes.</p>
<p>Otro elemento de coincidencia común con la revolución neogranadina, cuyos últimos focos de resistencia armada fueron derrotados en la misma provincia en que se inicio la rebelión 7 meses antes, en la provincia del Socorro.</p>
<p>En el caso neogranadino, José Antonio Galán será el blanco móvil que el ejercito español lleva meses persiguiendo al ser la llama de resistencia que aun mantiene viva y recrudece allá por donde pasa al movimiento comunero, especialmente a las capas sociales mas bajas de la sociedad que son sus principales apoyos y beneficiarios.</p>
<p>Después de varios meses luchando y sublevando a los pobres, esclavos e indios del valle del Magdalena, a primeros de septiembre de 1781, Galán se instala en la provincia del Socorro, lugar de origen de la rebelión comunera y que por aquel momento estaba nuevamente sublevada por la indignación social ante el incumplimiento de las Capitulaciones de Zipaquira. Era, pues, un buen caldo de cultivo para proseguir con su rebelión social.   </p>
<p>Sin embargo y para sorpresa de todos, ante el momento de mayor radicalismo de la rebelión, Galán es apresado en Onzaga (Santander) el 13 de octubre de 1781 por parte de uno de los ex miembros más destacados de la elite criolla que inicio en esa misma provincia 7 meses antes la rebelión comunera, Salvador Plata.</p>
<p>Galán fue acusado por todos los hechos ocurridos a lo largo de la rebelión, y fue ejecutado en la plaza mayor de Santa Fe el 1 de febrero de 1782.</p>
<p>Así pues, con su violenta e inesperada muerte, parte de aquellos criollos que ayudaron a iniciar la rebelión comunera se aliaron con los españoles para ponerla final apenas unos meses después, abortando con la muerte de su máximo dirigente que la rebelión se extendiera mas tiempo. Al igual que en el caso de los comuneros castellanos, ex partidarios comuneros ayudaron a poner fin a la rebelión. Al igual que en el caso castellano, los restos desmembrados del líder comunero fueron expuestos a escarnio publico para servir de ejemplo y advertencia. </p>
<p>Tras ello, el Virrey Manuel Antonio Flores, que ya había rechazado los pactos con los comuneros en el mismo momento de su firma en verano de ese mismo año, termina de darle la puntilla final, rechaza definitivamente las Capitulaciones y, además, reestablece todos los impuestos que habían dado origen al tumulto de Socorro de marzo de 1781 y originado la revuelta.</p>
<p>Como resumen comparativo de esta etapa de radicalismo socio-jurídica, comentar otra diferencia y es que, <strong>a nivel jurídico</strong>, los comuneros castellanos fueron mucho mas allá al proponer todo un plan de soberanía y contra-poder alternativo al poder imperial, que fue mucho mas allá que las capitulaciones neogranadinas, que se basaban, básicamente, en la revisión de las contribuciones de barlovento, y como mucho en la aparición publica de los americanos criollos en cargos públicos, que si bien comparado con la proclamación de soberanía castellana se queda muy corto si es muy novedoso e innovador en los textos reivindicativos americanos (hasta entonces no había habido una proclamación tan seria de reivindicación) y que muchos consideran como un prolegómeno de las aspiraciones nacionales e independentistas del siglo XIX.</p>
<p>Si bien, <strong>a nivel social</strong>, podríamos decir que la fase de radicalismo de José Antonio Galán fue muchísimo mas lejos que cualquier otra experiencia comunera en Castilla y en la propia Nueva Granada. Se desautorizo a los españoles, se atacaron haciendas de blancos criollos y españoles, se repartieron tierras y sobre todo, se atrevieron a la liberación de esclavos (uno de los motivos por los que se le dio muerte en Bogota). Los comuneros castellanos aunque rompieron lazos de unión con el imperio y aunque en la Constitución hacen un alegato abierto contra la esclavitud, y aunque toleraron rebeliones antiseñoriales no fueron tan lejos como el caso de Galán que hizo una autentica “campaña libertadora” por el valle del Magdalena.</p>
<p>Otro elemento de coincidencia de estas dos experiencias fue una de las <strong>consecuencias de ambas revueltas</strong>; los perdones reales o generales.</p>
<p>En ambos casos y a pesar de que tras la derrota de los comuneros se vuelve a reimponer la autoridad regia o imperial en cada caso, sin embargo, los reyes y virreyes de Castilla y España respectivamente tomaron buena nota de las revueltas y trataron de no elevar mas los ánimos con masacres o ejecuciones en masa de rebeldes comuneros que, sin duda alguna y con los ánimos todavía muy soliviantados por la reciente rebelión, podrían haber causado aun mas revueltas.</p>
<p>Por ello, tanto en Castilla como en Nueva Granada, después de liquidar la rebelión se concedieron perdones generales en ambos casos a la base social amplia de comuneros (si bien sus lideres, en ambos casos, si fueron públicamente ejecutados para escarmiento publico) con el objetivo de reintegrar lo mas rápido posible a estos comuneros nuevamente a la vida civil del reino y recuperar lo mas pronto posible la normalidad.</p>
<p>En el caso de Castilla, el emperador Carlos V retorna en julio de 1522 al reino castellano, más de un año después de la derrota comunera en Villalar y una vez bien asegurada la pacificación militar del reino tras la revolución comunera. Durante ese año, la encarcelación y represión contra los comuneros fue muy destacada. Se estima que fueron un total de cien los comuneros ejecutados desde la llegada del rey y junto la ejecución de los tres celebres lideres comuneros en Villalar, se ejecutaron algunos otros como Pedro Maldonado o la reclusión y posterior ejecución de otros celebres lideres como el del obispo Antonio de Acuña, mientras que otros muchísimos se vieron obligados a exiliarse del reino castellano para evitar la persecución como fueron parte del ejercito comunero superviviente de Villalar que escapo de castilla vía Portugal o el caso del celebre dirigente comunero Pedro Laso de la Vega, que se exilio del reino.</p>
<p>Sin embargo el emperador, consciente de la necesidad de frenar esta represión masiva contra los comuneros, el 1 de noviembre de 1522 se promulgó el Perdón General, que daba la amnistía a un total de 293 comuneros, de todas las clases sociales, pero que no incluía a destacados lideres comuneros que quedaron o bien perseguidos o bien recluidos como el caso de los dirigentes María Pacheco o Antonio de Acuña. </p>
<p>Por su parte en Nueva Granada las cosas tardaron también en volver a su cauce. Después de la ejecución de Galán en febrero de 1782 en Bogota, la rebelión comunera fue perdiendo fuerza.</p>
<p>En junio de 1782, Antonio Caballero y Góngora, quien fuera el negociador de los españoles frente a los comuneros de Berbeo en Zipaquira, y por tanto conocedor a fondo de la rebelión de los comuneros, toma posesión como Virrey de Nueva Granada y concedió, el 7 de agosto de 1782, un perdón general a los involucrados en la insurrección.</p>
<p>Con ello, se trataba de finiquitar definitivamente los últimos escollos de enfrentamientos con los comuneros, si bien para lograr esa pacificación se tuvo que hace a costa de la ejecución de algunos lideres de la revuelta como José Antonio Galán, Isidro Molina, Lorenzo Alcantuz y Manuel Ortiz, e incluso a costa del juicio e intento de condena del celebre dirigente comunero y criollo Juan Francisco Berbeo, que no obstante fue perdonado mas adelante o del líder indígena Ambrosio Pisco, condenado a prisión de por vida.</p>
<p>Como vemos, también en este apartado de los perdones reales, ambas rebeliones comuneras comparten similitudes, sus dirigentes máximos fueron ejecutados y en ambos casos se dieron sendos perdones generales a la mayoría de los militantes comuneros con objeto de no soliviantar más los ánimos y evitar otras revueltas aun mayores.</p>
<p>También en ambos casos, a la muerte de sus principales dirigentes, la rebelión persistió brevemente algunos meses mas, como símbolo de que a pesar de doblegarse a los líderes principales, las causas aun estaban vivas. Un ejemplo lo tenemos en un celebre poema sobre los comuneros, donde, hablando de la resistencia final de Toledo se dice:</p>
<p><em>“Toledanos, que en el reino no se diga, que al perder a sus mejores, Toledo queda vencida”</em></p>
<p>En el caso castellano, la ciudad comunera de Toledo dirigida por María de Pacheco resiste tenazmente 6 meses a la derrota comunera en Villalar, para rendirla definitivamente en octubre de 1521.</p>
<p>En el caso neogranadino, la resistencia no fue tan marcada ni tan abierta como es la resistencia armada de toda una ciudad importante en aquella época como Toledo, pero aun después de Zipaquira se registraron algunos brotes de resistencia.</p>
<p>También, algunos personajes anteriormente comuneros que se pasaron al bando regio o imperial, en ambos casos serian relevantes en la derrota y prisión de lideres comuneros posteriormente, como el caso de Juan Arias Dávila o Pedro Girón y Velasco en Castilla o el caso de Salvador Plata, que actúa en el apresamiento de Galán y en el juicio contra Berbeo en Nueva Granada, diciendo, como afirma Manuel Briceño que siempre fue “un infiltrado entre las filas comuneras para controlarlos desde dentro”.</p>
<p>Autor: <strong>Guillermo Fiscer</strong></p>
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		<title>Las revueltas comuneras de Castilla y Nueva Granada; un análisis comparado III: desarrollo y auge de la rebelión</title>
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		<pubDate>Sun, 10 Jul 2011 10:00:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Guillermo Fiscer</dc:creator>
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		<description><![CDATA[En esta segunda parte de la rebelión comunera en ambos casos, comparten a nivel estructural muchas mas similitudes. En ambos casos ahora la rebelión se radicaliza y alcanza las mayores cotas de radicalidad y extensión, tanto política como geográfica. Sin embargo y aunque comparten esa radicalización común, cada una de ellas se radicaliza de una [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/06/castilla-siglo-XVI.jpg"><img src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/06/castilla-siglo-XVI-300x252.jpg" alt="Castilla en el siglo XVI" title="Castilla en el siglo XVI" width="300" height="252" class="alignleft size-medium wp-image-1058" /></a>En esta <strong>segunda parte de la rebelión comunera</strong> en ambos casos, comparten a nivel estructural muchas mas similitudes. En ambos casos ahora la rebelión se radicaliza y alcanza las mayores cotas de radicalidad y extensión, tanto política como geográfica.</p>
<p>Sin embargo y aunque comparten esa radicalización común, <strong>cada una de ellas se radicaliza de una forma diferente</strong> debido, en parte, a la consecuencia del desarrollo histórico de sus primeras partes que van a determinar en uno y otro caso el devenir de los sucesos revolucionarios.</p>
<p>No obstante cabe introducir esta segunda parte mencionando el hecho de que aquí, <strong>en el caso neogranadino la ruptura con la elite criolla es ya total</strong>, hasta el punto de que el protagonismo aquí no lo tienen los criollos de Berbeo si no los mestizos, pobres, indios y esclavos de José Antonio Galán. Eso lo diferencia con el caso castellano que, si bien también en la época de radicalización va a desafiar los limites de la dirigencia comunera (la Santa Junta) no van a romper los vínculos comunes, en parte debido a que a diferencia de la primera parte, la dirigencia notable comunera no va a abandonar la lucha ni el liderazgo militar del ejercito comunero, debido a la desigual actitud del poder regio ante las revueltas.</p>
<p>Otro rasgo diferenciador y que va a decidir mi caracterización de ambas revueltas es el <strong>orden inverso en esta segunda parte del proyecto jurídico</strong>; mientras que en el caso castellano es ahora donde se proyecta todo el aparato jurídico comunero, sin embargo en el caso neogranadino, esta segunda parte va a surgir en parte como rechazo por el incumplimiento del programa político-jurídico de su primera parte en Zipaquira, y va a ser una rebelión mas de ideales que de leyes.</p>
<p>Sin embargo un elemento común de ambas seria la extensión geográfica de la rebelión, ya que en ambos casos se sale de los núcleos iniciales extendiéndose al resto del reino.</p>
<p>Por ello, cabria analizar esta segunda parte de las revueltas según los rasgos particulares de cada una de ellas, aunque compartiendo el rasgo común de radicalización.</p>
<p><strong>El proyecto de radicalismo jurídico-social</strong></p>
<p>La segunda parte de la rebelión comunera castellana tendrá como protagonista a un proyecto de radicalismo jurídico-social que la va a caracterizar hasta el final mismo de su experiencia histórica. Va a ser en este momento en el que, una vez dados los primeros pasos, asentado el poder comunero en sus núcleos iniciadores (meseta central), elaborado un programa mínimo, se lanzan ya abiertamente al desarrollo radical del movimiento rebelde, que se articula entre un programa jurídico realmente innovador, la extensión geográfica del movimiento y una radicalización interna del movimiento que, como en el caso neogranadino, surge fruto de las contradicciones internas del bando comunero.</p>
<p>Así, una vez propuesto el Común de Toledo una reunión de ciudades comuneras para hacer una base común entre ellas, al final estas se acaban reuniendo en la llamada “Santa Junta de Ávila” en Agosto de 1520, aunque solamente logra reunir a representantes de Toledo, Segovia, Ávila y Salamanca (de tres de esas cuatro ciudades, las mas inmersas en el proceso, saldrán los tres grandes lideres comuneros, Padilla, Bravo y Maldonado). Así, aunque el resultado es decepcionante, al menos han logrado el primer intento de unión entre las ciudades comuneras para tratar de lograr un movimiento político coordinado entre ellas que ejerza de contra-poder al bando imperial perfectamente estructurado y liderado por el regente Utrecht. De esta reunión, aunque precaria, saldrá el órgano coordinador del movimiento comunero, la Santa Junta de Castilla, que será el sujeto dirigente de la rebelión castellana, al igual que ocurre en 1781 con “El Común” en la ciudad de Socorro.</p>
<p>Desde este primer conato de unión hasta la coordinación mas perfeccionada de Tordesillas, los comuneros, no obstante tendrán que poner en marcha al ejercito comunero recién formado en Ávila y dirigido por Padilla, que recibe ya las primeras grandes embestidas del bando imperial, que sin saber como sofocar la rebelión, lanzan dos ataques indiscriminados contra ciudades castellanas que lo único que harán será provocar las adhesiones masivas del resto de ciudades castellanas a la Santa Junta.</p>
<p>De esta forma y al igual que en el caso neogranadino, el recién formado bando comunero obtiene sus dos grandes pruebas de fuego con dos grandes victorias, después del fracaso asedio a la ciudad de Segovia y la indiscriminada masacre de Medina del Campo.</p>
<p>Tras ello, la Santa Junta se convierte en un organismo popular entre los castellanos que, de forma masiva, se adhieren a ella. En medio de este auge de popularidad (Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid, León, Salamanca, Zamora, Toro, Toledo, Cuenca, Guadalajara, Murcia y Madrid ya se habían adherido a la Junta) se produce la llegada a finales de Agosto de 1520 de la Santa Junta a la ciudad de Tordesillas, de gran simbolismo al ser el lugar de reclusión forzada de la que se consideraba soberana legitima de Castilla, la reina Juana.</p>
<p>Allí, rápidamente se forma la Junta de Tordesillas, que obtiene el beneplácito de la soberana, decreta formalmente lo que se había adoptando en Ávila pero se da un paso jurídico importantísimo en este momento, como un modelo de autolegitimación de poder soberano que, por ejemplo, no se atrevió a dar El Común de Nueva Granada que seguía actuando en nombre del monarca español. Formalmente, se aprueba la proclamación de ese organismo en Cortes y Junta general del reino. Así, en poco tiempo se estaban dando pasos agigantados y cortando poco a poco los lazos de unión con el poder imperial. </p>
<p>Estos lazos se terminarían de cortar definitivamente en septiembre de 1520 cuando se proclama la soberanía de la reina Juana, se compromete a utilizar las armas si esto fuera necesario y a auxiliar a cualquier ciudad que estuviera amenazada, y ya cuando definitivamente se da la puntilla definitiva al poder imperial y decidió asumir ella misma la tarea de gobierno, instaurandose el gobierno revolucionario.</p>
<p>De esta forma 5 meses después del inicio de los primeros movimientos comuneros, el contra-poder comunero, el gobierno legitimo y oficial de los rebeldes, la Santa Junta de Castilla ha roto ya con el poder imperial representado en el Consejo de Regencia y con el rey Carlos V, y se ha declarado a si misma único gobierno legitimo en el Reino de Castilla. Era pues, la única autoridad del reino. Ello seria, su ser hubiese dado en el caso de Nueva Granada, una declaración formal de independencia con respecto al reino castellano, si no fuera porque era precisamente el poder de ese reino el que tomaban los comuneros. No se estaban separando de Castilla si no todo lo contrario, estaban desalojando del poder formalmente a los flamencos liderados por el soberano a los que consideraban ilegítimos para el gobierno de Castilla.</p>
<p>Nunca en toda su extensión, los comuneros neogranadinos en el siglo XVIII se atrevieron a ir jurídicamente tan lejos y es que tanto a nivel de las elites como de las bases sociales, la rebelión comunera castellana llego mucho mas lejos de lo que se esperaba. Ello se puede resumir brevemente en palabras del celebre historiador Joseph Pérez el cual dice que; “el matiz revolucionario de esta proclamación aparece en esa voluntad explicita de sustituir la voluntad del soberano por la voluntad colectiva del reino”.</p>
<p>Automáticamente empieza a nombrar por toda Castilla a dirigentes de las ciudades comuneras después de desalojar a los imperiales de ellas. Como culminación de todo este proyecto jurídico innovador de esta parte de la rebelión comunera castellana, se produce la elaboración en algún momento de agosto de 1520 de la llamada “Constitución de Ávila”, autentico programa jurídico de la revolución comunera castellana y que mencionaremos más adelante, como equivalencia castellana del programa comunero neogranadino de Zipaquira.</p>
<p>No obstante, como vemos, el “corpus jurídico” de los comuneros castellanos va mucho mas allá que el de los neogranadinos, al punto de que, como veremos al final podemos, por sus proclamas jurídicas , calificar a los castellanos como revolucionarios, en tanto que no se contentaban con reformas si no que planificaron la sustitución del poder por otro diferente, se constituyeron claramente no solo como un contra-poder si no directamente como el único poder legitimo que gobernase el reino castellano, frente a los neogranadinos que en ningún momento rompieron con la autoridad española ni se llegaron a proclamar como un poder independiente.</p>
<p>A este proyecto de radicalismo jurídico le siguió un proyecto de radicalismo social, que aquí si coincide mas con el caso neogranadino, en cuanto es a partir de este momento y hasta el final de la rebelión castellana cuando se radicaliza internamente la revolución comunera y se empiezan a contemplar las contradicciones internas del bando comunero, a verse las diferencias de intereses entre los notables y el pueblo llano que buscaba, como veremos mas adelante en el caso neogranadino, desbordar los márgenes de la rebelión a favor de sus intereses, lo que genero la división interna de los comuneros y los enfrentamientos que culminaron en el cambio de bando de muchos comuneros notables.</p>
<p>De esta forma, frente a las protestas iniciales por los abusos y la usurpación de poder político de los flamencos, a ello le siguieron nuevas reivindicaciones de tipo social. En Dueñas (localidad palentina), el 1 de septiembre de 1520 se sublevaron contra su señor los vasallos del Conde de Buendía. A este levantamiento le siguieron otros de similar carácter antiseñorial. Todo ello genero un estallido antiseñorial en todo el campo castellano en poder de la Santa Junta que pretendía aprovechar la coyuntura, radicalizar la rebelión y expulsar a los señores de las tierras feudales.</p>
<p>Es por ello que la Santa Junta se ve en un momento complicado; apoyar a los señores (debilitando la importante base social que sostenía a los comuneros para sostener a unos notables de mas que dudoso compromiso comunero) o apoyar a los campesinos (que eran la base social comunera, pero que se arriesgaban a generar una imagen de radicalismo y perder apoyos entre notables comuneros).</p>
<p>Ante esta dicotomía, al final la Santa Junta decide apoyar dichas revueltas, lo que provocó el alejamiento de la causa comunera de aristócratas y señores, que vieron peligrar sus posesiones y privilegios no ya solo por las revueltas campesinas si no por la legitimación de estas por parte del máximo órgano comunero y que explica el alejamiento de ciudades comuneras que, como Burgos, cambian de bando.</p>
<p>Como vemos, la radicalización social del campesinado comunero forzó la radicalización ya no solo jurídica, ahora también social y política de la Santa Junta.</p>
<p>Como podemos contemplar, esta situación, dentro de la similitud de radicalización social de la insurrección, es radicalmente distinta en el caso castellano del neogranadino, pues, mientras que en el primer caso no solo no se rompen los intereses entre elites y bases dentro del bando comunero, si no que se apoyan mutuamente ante la radicalización, en el caso neogranadino, es en parte debido a la falta de representatividad de las elites criollas dirigentes comuneras lo que explica la aparición y radicalización de las bases sociales.</p>
<p>Sin embargo y a pesar del bien armado y organizado ejercito comunero, poco a poco se empieza a romper el cierto equilibrio militar al que se había llegado hasta finales de 1520, cuando se produce la primera gran derrota militar comunera en Tordesillas en diciembre de 1520, que obliga a los comuneros a abrir diferentes frentes de lucha; por un lado la creación de partidas armadas en zonas rurales dirigidas por el  Obispo Antonio de Acuña (ferviente comunero), que tuvieron bastante éxito y por otro lado la resistencia armada del grueso mayoritario del ejercito comunero dirigido por Juan de Padilla, que consigue recuperarse con la sonada victoria de Torrelobaton en febrero de 1521.</p>
<p>La situación llego a un punto de nuevo equilibrio, de forma que en cualquier momento, cualquiera de los dos bandos podría asestar el golpe definitivo y derrotar al contrario. El desenlace de la guerra parecía estar cerca.</p>
<p>No obstante aquí cabe mencionar que al igual que en el caso neogranadino, los comuneros castellanos pecaron de excesiva planificación y tras Torrelobaton perdieron una oportunidad muy buena, ante un crecido, armado y entusiasmado ejército comunero de asestar golpes definitivos contra el ejército imperial.</p>
<p>Una vez mas, y como pasaría siglos después en Zipaquira, el ejercito comunero espero en vez de atacar, lo que supuso que muchos comuneros marcharan a sus casas para esperar nuevas ordenes, y quemo una oportunidad de oro para derrotar a los imperiales.</p>
<p><strong>La etapa de radicalismo social</strong></p>
<p>El mismo radicalismo que se respiraba en la segunda etapa de la revolución comunera se respiraba ya en Nueva Granada una vez desorganizado el ejército comunero por parte del criollo Berbeo tras las Capitulaciones de Zipaquira.</p>
<p>Como hemos señalado anteriormente, esta segunda parte de la rebelión comunera neogranadina va a surgir en parte como rechazo por el incumplimiento del programa político-jurídico de su primera parte en Zipaquira, y va a ser una rebelión mas de ideales que de leyes.</p>
<p>Sin embargo un elemento común de ambas seria la extensión geográfica de la rebelión, ya que en ambos casos se sale de los núcleos iniciales extendiéndose al resto del reino.</p>
<p>Este va a ser el momento en que la rebelión neogranadina adquiera sus tintes, al igual que paso en el caso comunero, de mayor radicalismo social, después del incumplimiento de las Capitulaciones por parte del virreinato y con la extensión de la lógica frustración con los líderes criollos que las firmaron.</p>
<p>Ante este descontento social de pobres, mestizos, esclavos e indios, que vieron como se frustraban sus ideales, surge la figura del líder del ejercito comunero en la primera fase, el líder mestizo y jornalero José Antonio Galán, líder de esta segunda fase radical de la revuelta y protagonista de este periodo, el cual fue considerado como el líder carismático de la rebelión de las clases bajas, llevando a cabo liberaciones de esclavos, reparto de tierras entre los pobres, indios, y mestizos y sustitución de autoridades desalojando del poder a los españoles. En este caso, en las rebeliones de Galán si podemos encontrar una mayor equivalencia con el radicalismo social de los junteros castellanos, al apoyar las sublevaciones antiseñoriales y sustituir a las autoridades españolas por americanos. No obstante su proyecto fue más idealista y no se plasmo en un contra-poder organizado, ni en un programa político-jurídico como en el caso comunero, si no más bien en actos libres llevados a cabo en las zonas de influencia en las que actuaba.</p>
<p>De esta forma, es en esta segunda etapa donde se produce un cambio en el liderazgo del movimiento comunero; frente a los criollos de Berbeo de la primera etapa, ahora serán los pobres, mestizos, esclavos e indios los que hagan suya la rebelión y plasmen sus ideales, basados como he dicho en la liberación de esclavos y la negación de la autoridad real, reconociendo por el contrario a Túpac Amaru como rey.</p>
<p>Precisamente, a nivel social, este suceso va a ser una tónica habitual en las clases mestiza a india en todo este proceso, el reconocimiento automático de Tupac Amaru como soberano legitimo y único, lo que si supone, al igual que en el caso de Galán una ruptura revolucionaria, un proyecto de contra-poder americano frente a la autoridad española, pero no plasmado a gran escala como en el caso peruano en un gobierno o un poder alternativo e independiente como paso en el caso castellano, si no que “nominalmente” se ubicaron bajo soberanía inca. Esta situación, tal y como dice Manuel Briceño, podría considerarse como un retomo resquicio de un pasado precolombino en el que los soberanos incas debieron ejercer algún tipo de soberanía frente a las civilizaciones del continente suramericano.</p>
<p>Por tanto, las campañas armadas de Galán despertaron todo un sentimiento y un movimiento de rechazo al poder español, al igual que en el caso castellano, y no ya tanto únicamente de rechazo a unas reformas fiscales o administrativas, excusa que quedaba ya muy lejana en la motivación de esta segunda campaña comunera</p>
<p>Esta segunda campaña comunera de Galán se desarrollo especialmente en torno al valle del rio Magdalena, donde el levantamiento se dirigió por igual contra los hacendados criollos y españoles, como contra las autoridades realistas españolas. Es decir toda una rebelión social en zonas como Mariquita, Neiva, Guaduas, Zipaquirá, o Chiquinquirá, donde rompe con lo pactado en Zipaquira (ya roto anteriormente desde el mismo momento de su firma por las autoridades españoles), ataca a los blancos criollos y españoles, agrede a los funcionarios españoles, y libera esclavos en varias haciendas y regiones, repartiendo las tierras incautadas a los españoles entre las clases desfavorecidas del orden colonial.</p>
<p>Por tanto, el radicalismo social es claro en el programa de Galán, incluso en muchas ocasiones mucho mayor que el radicalismo castellano, solamente que sin un programa jurídico ni una organización política a sus espaldas. El representaba todos esos ideales en su misma persona, el personificaba la institución de la resistencia al poder no solo colonial español, si no al poder de criollos y clases altas de la sociedad colonial.</p>
<p>En esta fase de radicalismo, no solo se extendían las medidas revolucionarias entre las capas sociales, si no que la rebelión se extendía geográficamente a otras regiones neogranadinas como Antioquia, Popayán, Guarne, Cauca, Neiva o Venezuela, en torno a junio de 1781 (ya ejecutado el líder inca Tupac Amaru), siguiendo el ejemplo del Socorro (que volverá a revivir entre junio y septiembre las proclamas comuneras después de la decepción y la traición de Zipaquira).</p>
<p>Por tanto entre junio y septiembre de 1781, el movimiento comunero vuelve nuevamente a recrudecerse, después de las Capitulaciones y coincidiendo con la época de liderazgo radical de Galán en la zona del Magdalena. </p>
<p>Nuevamente las similitudes con la rebelión castellana saltan a la vista. La situación llego a un punto de nuevo equilibrio, de forma que en cualquier momento, cualquiera de los dos bandos (bien los ejércitos de Galán, bien el poder real español, recuperado después de la tregua de Zipaquira) podría asestar el golpe definitivo y derrotar al contrario. El desenlace de la guerra parecía estar cerca. Y será en ambos casos un golpe militar certero que descabece a la rebelión la que, en ambos casos, termine con la experiencia comunera, tanto en Castilla como en Nueva Granada.</p>
<p>Una vez más, la suerte de ambas rebeliones corría pareja a través de la historia.</p>
<p>Autor: <strong>Guillermo Fiscer</strong></p>
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		<title>Las revueltas comuneras de Castilla y Nueva Granada; un análisis comparado II: inicio de las rebeliones</title>
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		<pubDate>Sun, 03 Jul 2011 10:00:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Guillermo Fiscer</dc:creator>
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		<description><![CDATA[En ambos casos, las tensiones acumuladas, como dije, estallan definitivamente en 1521 y en 1781 respectivamente, desembocando en una rebelión social apoyada por diversas capas o estamentos sociales. Sin embargo, resulta interesante mencionar la forma en que estallaron estas revueltas a nivel simbólico antes de explicar el inicio de ambas rebeliones, para hacernos una idea [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/06/nueva-granada.jpg"><img src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/06/nueva-granada-300x235.jpg" alt="Nueva Granada" title="Nueva Granada" width="300" height="235" class="alignleft size-medium wp-image-1048" /></a>En ambos casos, las tensiones acumuladas, como dije, <strong>estallan definitivamente en 1521 y en 1781</strong> respectivamente, desembocando en una rebelión social apoyada por diversas capas o estamentos sociales.</p>
<p>Sin embargo, resulta interesante mencionar la forma en que estallaron estas revueltas a nivel simbólico antes de explicar el inicio de ambas rebeliones, para hacernos una idea del diferente cariz que tenían ambas revueltas a nivel identitario y que encajarían en la definición de las crisis mencionadas en el contexto previo.</p>
<p>En el caso castellano, los comuneros castellanos que se sublevan en abril de 1520, inicialmente en ciudades como Toledo y Segovia, no se lanzan a destruir o quemar productos económicos del reino, pues no había, como en el caso neogranadino un rechazo a determinados productos económicos ni reformas económicas vinculadas al poder imperial, si no que lo que se hizo fue enarbolar y ostentar por las calles y plazas de las ciudades los pendones carmesíes de Castilla, con el objetivo de anteponerlos a los símbolos imperiales de los Habsburgo, una dinastía que reinaba en Castilla y que los castellanos la encontraban foránea y culpable del “éxodo de impuestos” del reino al imperio. Así pues, a una crisis identitaria, le corresponde una reivindicación de la misma índole, identitaria, enarbolando los elementos de la identidad propia castellana como elemento de vinculación del común, del contra-poder comunero frente al poder regio flamenco.</p>
<p>En el caso neogranadino, la reivindicación simbólica de la rebelión comunera es diferente, en tanto que la crisis era de diferente tipo, y era mas bien sistémica y sobretodo anti-reformista, contraria a las medidas que el sistema colonial español ha establecido. Es mas bien una reacción al sistema de impuestos colonial español, y por ello en este caso, las primeras rebeliones del Socorro de marzo de 1781 no se enarbola ningún símbolo nacional neogranadino, si no que el símbolo de la rebelión es la destrucción de los elementos o símbolos vinculados al poder colonial; el edicto de barlovento por parte de Manuela Beltrán y la quema de hojas de tabaco y derramamiento del aguardiente, así como la destrucción de los símbolos regios en los estancos, al considerar todo ello como el símbolo del sistema colonial y reformista español.</p>
<p>También el desarrollo de ambas rebeliones tiene un cariz similar en cuanto a su estructura; en ambos casos podríamos identificar dos partes diferenciadas; un inicio de las rebeliones y una segunda parte de desarrollo y profundización social de estas en las que ambas revueltas se extienden geográfica y socialmente en diversas partes del reinado y del virreinato respectivamente.</p>
<p>En esta primera parte del inicio de las revueltas se produce en ambos casos un proceso de consolidación del movimiento comunero en ambos casos, formación de los bandos, del ejército y de los primeros objetivos. Sin embargo si difieren claramente ambas rebeliones en lo referido al motivo por el cual se produce la diferenciación en primera y segunda parte, y es especialmente en lo referido a los documentos jurídicos que se producen en ambos casos y de lo que hablaremos mas adelante. </p>
<p>En el caso castellano, el paso del inicio al desarrollo tiene que ver precisamente con la extensión de la revuelta y el “corpus político-jurídico” de la rebelión (Santa Junta, Constitución de Ávila y Junta de Tordesillas), cuya aparición marca, precisamente, del desarrollo y la segunda parte de la rebelión.</p>
<p>En el caso neogranadino es totalmente al contrario, el paso del inicio al desarrollo se vincula precisamente con la extensión social de la revuelta motivado por el desencanto del “corpus político-jurídico” de la rebelión (Capitulaciones de Zipaquira), que se produce en la primera parte o inicio de la rebelión y cuya aparición supone la culminación de esa primera parte de la revuelta.</p>
<p>También en este momento cabe mencionar que es en esta primera fase de la rebelión, cuando se acuñan el término que van a compartir ambos y que dará nombre a la rebelión, que es el término de los comuneros o del común.</p>
<p>El ideal del común o de lo común, enfrentado al poder imperial o real fue, no solo la génesis, el origen y la explicación del nombre propio de ambos movimientos, si no el elemento vehicular de ambas rebeliones, el porqué de su existencia, la reivindicación de un doble espacio, de un doble poder; el espacio del común o de lo comunero y el espacio real, al que se enfrentan en ambos casos, desafiándolo, pero sin llegar a pretender en ningún caso suplantar ese poder real, que es el contexto de fondo en el cual se desenvuelven ambos movimientos y en nombre del cual (el reino legitimo) actúan en ambos casos con el objetivo de legitimar sus actuaciones al menos, y como veremos mas adelante, por parte de los dirigentes del movimiento, frente a una resistencia de base mucho mas amplia y que pretendía llegar mucho mas lejos en ambos casos, y como ejemplo de contradicción dialéctica interna en ambos casos, y que llevo al limite a los movimientos comuneros, explicando, como veremos mas adelante, en parte por este motivo el fracaso interno de los movimientos comuneros.</p>
<p>En el caso castellano, el origen del término se vincula directamente ala evolución de los acontecimientos internos de la rebelión. Tras conseguir el rey Carlos V los dineros castellanos para hacerse coronar emperador, marcha del reino dejando una vez más, a un flamenco en la regencia. Ante esto, los castellanos indignados estallan. </p>
<p>Como consecuencia, las diversas ciudades castellanas, lideradas por Toledo y Segovia, “entran en comunidad” que era el termino con el que se conocía al acto de desobediencia de la autoridad imperial y formación de gobiernos propios de los castellanos, entendiendo esa comunidad como el gobierno del conjunto del pueblo o “del común”, de ahí el nombre de las comunidades de castilla (ciudades hermanadas en el ideal del común) y sus partidarios, los comuneros.</p>
<p>En el caso neogranadino el origen es lógicamente diferente (en tanto no es el mismo suceso), pero el concepto es, básicamente, el mismo que en el caso castellano. Como veremos mas adelante, tras producirse la insurrección en marzo de 1781 en Socorro, rápidamente se produce una alianza entre los criollos y las bases sociales para encauzar la rebelión. Como general de los insurrectos fue elegido Juan Francisco Berbeo, junto con  Salvador Plata, Antonio Monsalve, y Francisco Rosillo, quienes constituyeron la junta llamada “El Común” de donde les vino el nombre de “Comuneros”.</p>
<p>Como vemos, en el caso castellano común es referido al gobierno de las ciudades rebeldes frente al poder imperial, y en el neogranadino, común, es el gobierno o mas bien la junta del gobierno rebelde frente al imperio colonial español.</p>
<p>En ambos casos, como dijimos, resalta el concepto del común o de lo común, enfrentado al poder imperial o real, del contra-poder que estalla en el momento, en el instante mismo de la rebelión.</p>
<p>Así pues, en esta primera parte o inicio de la rebelión, como decimos se da un proceso de consolidación del movimiento comunero en ambos casos, formación de los bandos, del ejercito y de los primeros objetivos, que lógicamente sin diferentes en ambos casos.</p>
<p><strong>Un programa de mínimos</strong></p>
<p>En el caso de la rebelión comunera castellana, tras la marcha del rey Carlos V diversas ciudades castellanas, lideradas por el Toledo de Juan de Padilla y la Segovia de Juan Bravo, “entran en comunidad”. En las dos ciudades, los comuneros se hacen fuertes y respectivamente expulsan al corregidor del Alcázar  tomando el poder y ajusticiaron a dos funcionarios y al procurador que concedió el servicio en nombre de la ciudad. Asi pues, poco a poco los disturbios se empiezan a extender a otras ciudades cercanas, haciéndose fuertes en todo el centro de la meseta castellana.</p>
<p>Ante el descontento generalizado, Toledo liderado por el comunero <strong>Juan de Padilla</strong> propuso la celebración de una <strong>reunión urgente proponiendo</strong>:</p>
<p>1.	<strong>Anular el servicio</strong> (los impuestos cedidos al monarca).<br />
2.	<strong>Reservar los cargos públicos y los beneficios eclesiásticos a los castellano</strong>s.<br />
3.	<strong>Prohibir la salida de dinero del reino</strong>.<br />
4.	<strong>Designar a un castellano para dirigir</strong> el reino en ausencia del rey.</p>
<p>Llama la atención que las propuestas iniciales son muy suaves y, básicamente se podrían resumir en el mismo grito que los neogranadinos de <strong>“viva el rey y muera el mal gobierno”</strong>, porque, a pesar de que en este caso no hay una confianza en el rey flamenco, si consideran inicialmente que todos los problemas se resumen en la presencia flamenca en los puestos de poder y la salida de los impuestos a destinos e intereses no exclusivamente peninsulares.</p>
<p>Estas reivindicaciones calaron en la sociedad castellana, por la manera en que el rey había obtenido el trono del Imperio Habsburgo, mediante sobornos pagados con los dineros públicos de Castilla, y crecía el rechazo de los castellanos, ya no solo a las autoridades flamencas si no al propio emperador Carlos V, que también había obtenido el trono castellano de forma irregular, beneficiándose de la exclusión de la reina castellana,  pensando los comuneros el acudir a Tordesillas para devolver a la reina Juana sus poderes regios, destituyendo al emperador. </p>
<p>Como vemos, en esta primera parte de la rebelión comunera castellana, únicamente se van formando los perfiles comuneros, se va tomando cuerpo a la rebelión, asentándose la autoridad comunera en las ciudades rebeldes y formando los primeros núcleos hermanados de “la comunidad”, se forman los primeros batallones armados liderados por los capitanes Padilla y Bravo y como hemos visto también, se hace un primer conato de programa o manifiesto comunero en junio de 1520, aun muy simple  y sin demasiadas aspiraciones. </p>
<p>Ello se diferencia con el gran alcance que a corto plazo y en esta primera parte tomaron los neogranadinos, que fueron mucho mas lejos y contrasta a su vez con la segunda parte o desarrollo de los propios castellanos que en apenas unos meses elaboraron un programa de mucho mas alcance que en el caso neogranadino.</p>
<p><strong>Un proyecto de máximos</strong></p>
<p>En el caso neogranadino, como dije, este inicio de la rebelión que arranca en marzo de 1781 conlleva que en muy poco tiempo, esta primera parte de su rebelión llegue muy lejos en muy poco tiempo y, como consecuencia lógica, obtenga un tope máximo muy rápido y casi sin posibilidad de ir a más.</p>
<p>El 16 de marzo de 1781 la rebelión estalló en el Socorro, cuando la cigarrera y tendera Manuela Beltrán rompió el edicto referente a las nuevas contribuciones, a los gritos de “viva el Rey y muera el mal gobierno. No queremos pagar la armada de Barlovento”.</p>
<p>Este acto es rápidamente respaldado por la multitud congregada, que inicialmente eran los pobres de la ciudad, aquellos que se veían mas perjudicados por el aumento de las tasas de los productos, y junto con el apoyo de la pequeña burguesía local (comerciantes, carniceros, pequeños agricultores)  la rebelión se fue forjando poco a poco. </p>
<p>No obstante, rápidamente el alcance de las reformas borbónicas y la presión social logró que algunos hombres de prestigio se comprometieran en ella y, poco a poco fueran tomando ellos el liderazgo político y militar de la rebelión, desplazando a sus protagonistas originales del pueblo llano.  Como general de los insurrectos fue elegido el criollo y notable local Juan Francisco Berbeo, junto con  Salvador Plata, Antonio Monsalve, y Francisco Rosillo, quienes constituyeron el Supremo Consejo de Guerra y  la junta llamada “El Común” de donde les vino el nombre de “Comuneros”,  dando nombre a la rebelión desde época temprana, como paso en el caso castellano.</p>
<p>Sin embargo, estos líderes criollos entendieron que sin el apoyo de las otras capas sociales (pobres, mestizos e indígenas) era improbable un triunfo sobre las autoridades castellanas, por lo que criollos, pobres y mestizos sellan su alianza el 18 de abril de 1781 con la promulgación de la “Cedula del Pueblo”. </p>
<p>Llama aquí la atención la necesidad de una alianza practica, que llega a tomar cuerpo incluso mediante un documento escrito que sirva como pacto común entre los sectores americanos enfrentados al poder español. Quizá ello pueda explicarse ante el recelo que pobres y mestizos tenían frente a unas elites criollas que se habían enriquecido tanto como los españoles y en parte gracias a ellos, aunque sus intereses ahora entraban en contradicción.</p>
<p>No paso asi en el caso castellano que, como hemos visto, “entro en comunidad” de forma espontanea, formando parte de ellas las diversas clases sociales, desde nobles e hidalgos como Padilla y Bravo hasta los campesinos humildes y comerciantes urbanos, sin necesidad de ningún pacto o alianza entre ellos. Era obvio que para derrotar al poder flamenco era necesaria la unidad común, que en Castilla se venia dando de forma natural, lo que se evidencia en el famoso texto del “Poema de Fernán González”:</p>
<p><em>&#8220;Cuando decían Castilla, todos se esforzaban&#8221;</em></p>
<p>No obstante ello no fue motivo para que, al igual que en este caso neogranadino no existieran recelos de los pobres, humildes y campesinos que también aquí hicieron “su rebelión” particular al margen de las elites, como pasa en Nueva Granada.</p>
<p>Para hacer frente al poder español, esta Junta organizo un ejercito comunero de diversa composición, desde criollos como Berbeo o Plata hasta mestizos como el líder indígena Antonio Pisco, que aparece desde época temprana en la rebelión y que va a lograr con su presencia terminar de legitimar esta rebelión a ojos de los indígenas y mestizos, hasta ese momento aun recelosos de la autoridad criolla, o el caso del mestizo y jornalero, posteriormente líder radical José Antonio Galán, que atrajo la confianza para la rebelión no solo de mestizos, si no de los pobres.</p>
<p>Al igual que en el caso castellano, el ejercito comunero estuvo integrado desde muy temprano por personas de diferentes clases sociales, aunque seria justo señalar una diferencia fundamental en ambos casos, y es que mientras que el ejercito comunero americano integro entre sus dirigentes a pobres y mestizos (tradicionalmente marginados), el ejercito comunero castellano estuvo dirigido desde el primer momento por los notables y la elite social castellana.</p>
<p>Rápidamente y tras la conformación del ejercito comunero neogranadino, se plantea algo que jamás paso por la cabeza inicialmente de los castellanos; marchar militarmente a la capital del virreinato, Santa Fe de Bogota, tan solo dos meses después del inicio de la revuelta, lo cual evidencia el proyecto de mayor alcance que en un primer momento diferencio a esta rebelión de la castellana. De esta forma un poderoso ejército comunero de más de 20.000 personas marcha en mayo de 1781 en dirección Bogota, derrotando en su camino a los españoles en Puente Real y en Villa Girón, algo realmente inaudito y que consiguió a mayor corto plazo éxitos muchísimos más destacados que los castellanos.</p>
<p>Ello es algo que diferencia también en un primer momento a ambas rebeliones; mientras que en esta primera parte el ejercito comunero castellano era de corte defensivo y de hecho sufrió la persecución real, el ejercito comunero neogranadino fue marcadamente ofensivo y a dos meses de un motín aparentemente inofensivo se encontraban militarmente con un ejercito de 20.000 personas a las puertas de la capital virreinal. Quizá eso es algo que ha caracterizado a las rebeliones populares o de contenido popular americanas en aquel momento, pues en el caso de Tupac Amaru, también se consiguió movilizar a un número inmenso de personas y se llego a poner en jaque al ejército español. Por ello, desde un primer momento las capas sociales neogranadinas  mas bajas se propusieron continuar su obra.</p>
<p>Como he señalado, el rápido avance comunero sorprendió a los españoles, y ya para junio de 1781 se encontraban instalados militarmente en las minas de sal de Zipaquira, a tan solo un día de distancia de Bogota. Aquí cabria destacar un error similar al cometido por los Comuneros de Paris en 1871 o Aníbal Barca al no marchar directamente sobre Roma, y es que de haber continuado la campaña podrían haber entrado rápida y fácilmente en Bogota, pues el ejercito comunero era mucho mayor en aquel momento. La tregua de Zipaquira dio alas a los españoles para rearmarse y negociar, y ello genero, indudablemente un debate interno entre los comuneros en Zipaquira. Allí los comuneros se instalaron y se apoderaron de las rentables minas de sal, financiando su campaña con el comercio de este valioso y abundante producto en la zona. </p>
<p>Tras ello se produce otro rasgo que va a diferenciar a las rebeliones comuneras de ambos países es el suceso que ocurre a continuación; las negociaciones.</p>
<p>En el caso castellano, los comuneros jamás llegaron en tan poco tiempo a desafiar al poder imperial, y por ello la regencia flamenca y habsburgica jamás pensaron ni de lejos en la posibilidad de una negociación o acuerdo con los insurrectos. De hecho, hasta abril de 1521 la única oferta que los comuneros castellanos recibieron del poder imperial fue la derrota total, absoluta e incondicional. No obstante, en el caso neogranadino, el alcance en tan poco tiempo de la revuelta obligo a las autoridades españoles necesariamente a un acuerdo o negociación con los rebeldes, ante la perspectiva mas que real de una ocupación militar de la capital y la toma del poder en el Virreinato.</p>
<p>Para estas negociaciones con los comuneros se nombró al arzobispo Caballero y Góngora como principal negociador de los españoles. Para las negociaciones con los españoles, los comuneros nombraron a su dirigente, Berbeo, que rápidamente entrego a Caballero las propuestas comuneras en forma de las ya célebremente conocidas “Capitulaciones de Zipaquira”, con 35 puntos, que fueron el programa máximo y las exigencias en esta primera etapa de los comuneros, y que fueron rápidamente aceptadas por el representante español Caballero y Góngora, al ser algo que, a corto plazo, podrían asumir mientras se recuperaban militarmente para la contraofensiva.</p>
<p>Los comuneros, pues, creían haber vencido a los españoles al haber obtenido de estos un supuesto compromiso con el acuerdo, tras lo cual Berbeo cometió el otro gran error comunero neogranadino; ordenar la dispersión del potentísimo ejercito comunero que, alentó a los españoles  ya que su presencia a las puertas de la capital obligaban a un compromiso total, y que de hecho provoco que el Virrey Manuel Antonio Flores rechazo desde Cartagena el acuerdo y aprovechara el “alto el fuego” para mandar soldados a Bogota.</p>
<p> Sobre el contenido de las capitulaciones, que eliminaban todas las reformas que ocasionaron el motín hablare mas adelante.</p>
<p>Como conclusión ultima comparativa entre ambas rebeliones de esta primera fase fue otra gran diferencia, como fue que en el caso castellano, ni aun en los momentos de tregua a los lideres comuneros se les paso por la cabeza el dispersar a su ejercito y pactar de aquella forma con las elites imperiales, como si hizo Berbeo y la dirigencia comunera neogranadina, y que supuso no solo un error estratégico de fuerza, si no también que fuera visto por los pobres y mestizos como un abandono a la causa que ya temían desde el inicio. </p>
<p>Claro que, como hemos visto, el caso castellano fue diferente y no se le ofreció nunca la posibilidad de un acuerdo, pacto o negociación y todas las propuestas ofertadas al poder imperial fueron rechazadas exigiéndose la rendición incondicional. Ello provoco que a los comuneros castellanos jamás se les pasara por la cabeza la idea de la negociación y, muchísimo menos, la de la rendición.</p>
<p>Autor: <strong>Guillermo Fiscer</strong></p>
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		<title>Las revueltas comuneras de Castilla y Nueva Granada; un análisis comparado I: contexto histórico</title>
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		<pubDate>Sun, 26 Jun 2011 17:12:41 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Guillermo Fiscer</dc:creator>
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		<description><![CDATA[“Por fin el Socorro y su cordura, solo camina al fin de socorrernos, y pues este ha de ser blasón eterno, viva el Socorro y muera el mal gobierno”. Virreinato de Nueva Granda, 1781 “Tú, tierra de Castilla, muy desgraciada y maldita eres al sufrir que un tan noble reino como eres, sea gobernado por [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em>“Por fin el Socorro y su cordura, solo camina al fin de socorrernos, y pues este ha de ser blasón eterno, viva el Socorro y muera el mal gobierno”</em>. Virreinato de Nueva Granda, 1781</p>
<p><em>“Tú, tierra de Castilla, muy desgraciada y maldita eres al sufrir que un tan noble reino como eres, sea gobernado por quienes no te tienen amor”</em>. Reino de Castilla, 1521.</p>
<p><a href="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/06/Los_Comuneros_de_Castilla.jpg"><img src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/06/Los_Comuneros_de_Castilla-300x211.jpg" alt="Los_Comuneros_de_Castilla" title="Los_Comuneros_de_Castilla" width="300" height="211" class="alignleft size-medium wp-image-1043" /></a>Este año se cumplen 490 y 230 años de las <strong>rebeliones comuneras de Castilla y Nueva Granada</strong>, que, en el caso colombiano, se ven reforzadas además por las celebraciones del bicentenario de la independencia nacional colombiana que, históricamente, siempre ha considerado a la rebelión comunera como uno de sus grandes precedentes independentistas.</p>
<p>En ambos casos, resulta interesante hacer una reflexión sobre la naturaleza y alcance de ambos sucesos y, sobretodo, el poder hacer una comparativa de dos movimientos que compartieron algunas similitudes mas allá del nombre de sus movimientos (nombre que también comparten con otra rebelión homónima en Paraguay), pero que también tuvieron grandes diferencias entre ellas, mas allá de los 260 años que las separaron cronológicamente en el tiempo.</p>
<p>El objetivo de este texto es hacer, pues, una <strong>breve comparación histórica entre ambos acontecimientos que tuvieron de fondo el desarrollo histórico de un mismo estado, de un mismo reino; el reino de España</strong>.</p>
<p>Veremos en este breve recorrido las comparaciones, las similitudes y diferencias entre ambos movimientos que recibieron el mismo nombre, que surgieron en épocas de crisis en el reino español y que dejaron profunda huella en el devenir de los tiempos y en la recreación del ideal de resistencia y rebelión al imperio español en épocas posteriores en sus respectivos espacios; Castilla y Colombia.</p>
<p>El ideal del común o de lo común, enfrentado al poder imperial o real fue, no solo la génesis, el origen y la explicación del nombre propio de ambos movimientos, si no el elemento vehicular de ambas rebeliones, el porque de su existencia, la reivindicación de un doble espacio, de un doble poder; el espacio del común y el espacio real, al que se enfrentan en ambos casos, desafiándolo, pero sin llegar a pretender en ningún caso suplantar ese poder real, que es el contexto de fondo en el cual se desenvuelven ambos movimientos y en nombre del cual (el reino legitimo) actúan en ambos casos con el objetivo de legitimar sus actuaciones al menos, y como veremos mas adelante, por parte de los dirigentes del movimiento, frente a una resistencia de base mucho mas amplia y que pretendía llegar mucho mas lejos en ambos casos, y como ejemplo de contradicción dialéctica interna en ambos casos, y que llevo al limite a los movimientos comuneros, explicando, como veremos mas adelante, en parte por este motivo el fracaso interno de los movimientos comuneros.</p>
<p>Los <strong>movimientos comuneros de Nueva Granada y Castilla</strong> son dos elementos históricos fundamentales en el periodo de la edad moderna española y colombiana a los que es imposible dejar de acercarse para conocer mejor el desarrollo histórico, político y social de ambos países y para explicar la génesis en un caso y el ocaso en otro de uno de los mayores imperios coloniales de la historia; el imperio español.</p>
<p><strong>1. Contexto Histórico</strong></p>
<p>Para entender el desarrollo y evolución de ambos movimientos comuneros, es preciso detenerse brevemente a analizar la situación previa de partida de ambos movimientos y tratar de entender o indagar alguna posible similitud que explica el surgimiento de ambos movimientos.</p>
<p>En ambos casos, tanto en 1521 como en 1781, el imperio español se encuentra en un momento de crisis, de diferente tipo e índole, pero en un momento critico.</p>
<p>Históricamente, hemos podido comprobar como los motines, rebeliones o revoluciones a lo largo de la historia comparten un elemento común (al menos uno) entre ellas que es algún tipo de crisis interna o externa del sistema político en el que se sustentan. La revolución francesa surge como un proceso de crisis económica y de valores dentro de la monarquía borbónica. La revolución rusa surge como un proceso lógico de descomposición interna del zarismo. En épocas de bonanza o auge del sistema, no se producen crisis que conducen a rebeliones o revoluciones y todas ellas, pues, y en este caso, ambas revueltas comuneras comparten un mismo fondo común que es una crisis, especialmente interna dentro del modelo del imperio español, pero una crisis bien diferente en ambos casos y de naturaleza distinta. Asi pues, tenemos un doble modelo de crisis;</p>
<p><strong>Crisis económico-identitaria</strong></p>
<p>En el caso de la rebelión comunera de Castilla de 1521 no se produce en un contexto de falta de hegemonía o descomposición interna del imperio español. Muy al contrario, 1521 es un año importante para el asentamiento, por ejemplo, del poder y la expansión imperial en el continente americano. Es entre mayo-agosto de ese mismo año, apenas un mes después de la derrota comunera en Villalar cuando se produce la conquista de Tenochtitlan por parte de Hernán Cortes, y es general todo el periodo de la primera mitad del siglo XVI un periodo de expansión y consolidación del poder de conquista español en America.</p>
<p>Muy al contrario, la crisis que se produce en 1521 es de tipo identitario. Es una crisis interna en torno a la hegemonía y legitimidad del poder regio en la cabeza del imperio castellano (que al igual que en caso colombiano viene acompañado de un trasfondo de descontento social mucho mas amplio) entre unas elites extranjeras flamencas dirigidas por el propio emperador Carlos V que, desde Flandes tratan de coptar el poder político y económico de Castilla, centro del imperio español, apartando y marginando a los naturales castellanos (especialmente las elites nobiliarias locales) y apropiándose de los recursos económicos internos del reino castellano para financiar las campañas imperiales en la corte de los Habsburgo, muy lejanas de las ciudades castellanas.</p>
<p>No obstante, el conflicto con las elites flamencas viene de algo mas lejos que en 1521 y explica el problema heredado que estalla en ese momento.</p>
<p>El problema se remonta a los conocidos como Reyes Católicos, Isabel I de Castilla y Fernando II de Aragón, que, con el objetivo de ampliar sus posesiones y su influencia política en Europa y en America, efectúan diversos modelos de expansión; en el caso americano, se lleva a cabo una política de conquista, colonización y anexión de los territorios descubiertos por Colon en 1492. Por su parte, para ampliar su influencia europea, los soberanos peninsulares, a parte también de la anexión, optan por la manida costumbre entre la monarquía de las alianzas matrimoniales con las cortes extranjeras de mayor influencia en el mundo en aquella época. Entre otros, los soberanos de Castilla y Aragón casaron a varias de sus hijas, Isabel, Juana y Catalina, respectivamente con herederos de las coronas de Portugal, Austria e Inglaterra.</p>
<p>Así, mientras Isabel y Catalina no tuvieron un peso relevante en la política española si lo tuvo Juana de Castilla que, al casarse con Felipe de Habsburgo se emparentó con la distancia de los Habsburgo mientras que se colocaba como heredera, y posteriormente reina nominal de Castilla a la muerte de sus padres y hermanos. </p>
<p>Con el ascenso al trono castellano de Juana y Felipe en 1504, se produce la llegada a la corte castellana de nobles flamencos que, junto a los castellanos, adquieren un gran poder en el naciente imperio español. Sin embargo y aunque es ya en 1504 cuando empiezan a surgir malestares entre los castellanos por la presencia flamenca en los aparatos de poder, sin embargo, el equilibrio con los castellanos y el prestigio de la reina Juana de Castilla entre el pueblo castellano, hacen que la situación se mantenga una calma tensa tolerada, de momento, por las elites y el pueblo castellano.</p>
<p> Sin embargo, la temprana muerte de Felipe dos años después de subir al reinado y la situación de Juana de Castilla, que se encontraba en estado de incapacidad mental (su marido Felipe la acusaba de demencia, motivo por el cual se la conoció con el sobrenombre de “Loca” y se la recluyo en Tordesillas), provoco que la línea dinástica llegara hasta Carlos de Habsburgo, hijo de Juana y Felipe, y que nunca antes había pisado Castilla. Educado en Flandes como su padre, no conocía el castellano e ignoraba la situación de sus posesiones hispanas, por lo que la población acogió con escepticismo la llegada del nuevo rey. Tras su llegada en 1517, su corte flamenca comenzó a ocupar los puestos de poder castellanos, como el caso de Guillermo de Croy como Arzobispo de Toledo o Monsieur de Chièvres como su consejero. </p>
<p>Tras ser reconocido definitivamente y a regañadientes dos años después por las autoridades de Castilla y Aragón, que siguen sin aceptar al que siguen considerando como un soberano ajeno a los intereses y la realidad de Castilla y Aragón, se entera en Barcelona del fallecimiento de su abuelo, el emperador del Sacro Imperio Romano Germánico, el emperador Maximiliano I de Austria. </p>
<p>Inmediatamente, pone toda su atención y esfuerzos a ser nombrado emperador. Traza un plan para hacerse con la corona imperial, para lo cual era necesario comprar no solo a los electores dudosos en el imperio, si no también gastar una ingente suma de dinero para los fastos de la unción imperial. Para ello, nada mejor que los rentables y recientemente adquiridos territorios de Castilla.</p>
<p>Para ese fin, Carlos de Gante convoca el 1 de abril de 1520 las Cortes de Castilla en la localidad gallega de Santiago de Compostela, donde el emperador se ve obligado a sortear las dificultades de gran cantidad de procuradores de cortes (representantes de las ciudades castellanas) que le son esquivos a la hora de concederle el servicio, un impuesto que donaría ingentes sumas de dinero para sus proyectos imperiales, los cuales son expulsados ( como en el caso de Toledo o Madrid) , mientras que muchos otros son sobornados por el emperador ( como en el caso de Segovia). Tras obtener así sus objetivos zarpa rumbo al Imperio, no sin antes colocar como regente en su ausencia a un cardenal de origen holandés, Adriano de Utrecht y en las altas autoridades del reino a flamencos. Tras ello, los castellanos indignados por la enésima ofensa frente a los flamencos, estallan.</p>
<p>A ello habría que sumarle una difícil situación económica y social interna en el reino castellano. El siglo XV, comenzó con una serie de malas cosechas y epidemias, que junto a la presión tributaria y fiscal provocó el descontento entre la población, colocándose la situación al borde de la revuelta. La zona que más sufre en este contexto es la zona central, con Valladolid y Toledo a la cabeza (basada en el comercio interior, los textiles y la agricultura), en contrapeso con la periférica, con Burgos y Andalucía como ejemplos, basadas en el comercio de la lana y colonial, respectivamente, y que ejercen una situación de monopolio económico respectivamente, tolerado por el estado, y que explican, en el caso burgalés su adhesión al bando imperial durante la rebelión.</p>
<p>A nivel social, como decimos, las malas cosechas, las epidemias y el rechazo a un orden social estamental opresivo, van a producir ya desde época bajomedieval rebeliones campesinas que se podrían entender como precedentes de las rebeliones campesinas que van a radicalizar al movimiento comunero y que en parte es una herencia de todo el proceso de tensiones y conflictos sociales existentes. Ejemplos de ello serian las rebeliones irmandiñas del siglo XV, los payeses de remensa de los siglos XIV-XV, las rebeliones urbanas catalanas del siglo XV, o los pogromos antijudíos del  siglo XVI en Castilla (al buscar culpables o chivos expiatorios de la crisis).</p>
<p>La tensión económico-identitaria acumulada estalla en 1520; la rebelión esta servida.</p>
<p><strong>Crisis sistémico-reformista</strong></p>
<p>Por el contrario, la rebelión que se produce en el siglo XVIII en el Virreinato de la Nueva Granada obedece a una crisis mucho más amplia, una crisis en general del sistema colonial español, que arranca con las reformas borbónicas del siglo XVIII, pero que también comparte muchas similitudes con la crisis castellana del siglo XVI.</p>
<p>Similitudes con la crisis anterior son que la rebelión surge en un momento de crisis del sistema político español-castellano, similitudes son el rechazo hacia una imposición extranjera; en el caso castellano frente a las elites flamencas que imponen cargos e impuestos a los castellanos. En el caso neogranadino rechazo a la propia institución colonial española, que aunque aun no la rechace (“viva el rey y muera el mal gobierno”) denota, sobre todo entre las bases sociales mestizas, esclavas e indígenas un sentimiento abierto ya de rechazo a la autoridad colonial española, muy vinculada con lo indígena y lo pre-colombino como veremos, y que en general muestra un malestar con lo extranjero que les gobierna. Similitudes también por el malestar económico que vive el país, en el caso castellano por las crisis económicas heredadas y por las diferencias económicas inter-castellanas, así como el aumento de impuestos de los flamencos para sufragar las aventuras imperiales. En el caso neogranadino, la chispa que prende la llama es, precisamente, un aumento de los impuestos y las reformas fiscales como veremos mas adelante.  También encontramos similitudes entre la crisis identitaria y la sistémica en lo referido al campo puramente social, a las contradicciones entre las clases y los diferentes intereses entre estas, que se manifiestas incluso dentro del propio bando de los comuneros en ambos casos al ser rebeliones muy heterogéneas.</p>
<p>Ya tendremos un apartado en el que mencionaremos los actores sociales de ambas rebeliones, pero de entrada cabe destacar la existencia de una diferencia de intereses en el caso castellano entre las elites nobiliarias, caballerescas, las clases medias y el pueblo común. </p>
<p>En el caso neogranadino se produce desde el mismo momento de la conquista y colonización del territorio en el siglo XVI una fuerte heterogeneidad y diferenciación de una gran diversidad de clases sociales y de culturas muy diferenciadas entre ellas, sobretodo entre los blancos españoles (o “chapetones”), los criollos americanos, los mestizos, los esclavos negros y los indígenas, principalmente, que generaron desde el mismo siglo XVI fuertes malestares, protestas y revueltas sociales, especialmente entre las capas mas perjudicadas de la colonización, como fueron los indígenas y los negros que van a protagonizar rebeliones como la de la Gaitana en Colombia o el inca Tupac Amaru I en Perú (no confundir con el otro Tupac Amaru) la propia rebelión del inca Tupac Amaru II y Tupac Katari en el siglo XVIII en el Perú y Bolivia que van a servir como ejemplo para los indios comuneros neogranadinos, o los palenques de esclavos negros en todo el continente americano, como el celebre Palenque San Basilio liderado por Benkos Biohó en Cartagena en los siglos XVI-XVII, y que mantuvieron en jaque al imperio colonial español. </p>
<p>Así pues, poco a poco, se fue creando desde el mismo siglo XVI una fuerte jerarquización social en Nueva Granada, como en toda la America colonial española, muy vinculada al color de la piel. Esto es el llamado concepto de la “pigmentocracia”, que tan adecuadamente describió el explorador Alexander von Humboldt en el siglo XVIII cuando dice que: “En América, la piel más o menos blanca decide el rango de un hombre en la sociedad”. </p>
<p>Ello explicara en parte la desconfianza que mestizos, indios y negros tienen por las elites criollas y española, tanto de su bando como del virreinal.</p>
<p>Por un lado se colocan en la cúspide los españoles, que llegan a territorio americano a ocupar los mejores puestos políticos y administrativos y que desde el primer momento van a colocarse como el sector mas privilegiado con poder político y económico. Los puestos virreinales y los altos funcionarios del imperio colonial en territorio americano estaban reservados para españoles peninsulares.</p>
<p>Los descendientes españoles nacidos en territorio americano serian los criollos, en parte líderes de la rebelión comunera neogranadina y que pronto entran en contradicción con los españoles, pues aunque también obtienen poder económico, el poder político y administrativo les resulta esquivo, pues es monopolizado por los españoles liderados por los virreyes. Así pues, se verán desplazados de la soberanía política en los virreinatos americanos, exigiendo ya en el siglo XVIII y ya abiertamente en el siglo XIX la participación y la soberanía política que le ha sido esquiva durante 3 siglos.</p>
<p>En las cúspides mas bajas, los indios y esclavos no tienen poder ni político ni económico y se encuentran como mano de obra, a veces esclava, para obtener los recursos económicos que enriquecen no solo a los españoles, si no también a los criollos. </p>
<p>En el caso indígena, forzados a trabajar en un primer momento y pacientes de un sistema de trabajo como la encomienda (que consistía en que la corona asignaba o “encomendaba” a los conquistadores una serie de indígenas para usarlos como mano de obra y a cambio el conquistador les transmitía la cultura cristiana occidental) el repartimiento (trabajo por turnos) o el yanaconaje (aparcería), trabajan entre otros en las grandes minas de metales de Potosí y Zacatecas, o las de Antioquia, Novita, y Popayán en Nueva Granada. Por ello, verán en las rebeliones indígenas (Gaitana, Tupac Amaru&#8230;) el elemento libertador para redimirse de esta situación.</p>
<p>Por su parte, los esclavos negros, capturados en África y transportados en los barcos negreros (posteriormente los asientos de negros) a America donde trabajaban en las minas y en las plantaciones en régimen de esclavitud en todo el continente, haciendo los trabajos mas duros que físicamente resistían mejor que los indígenas.</p>
<p>Como vemos, a nivel social, al igual que en el caso castellano se ha generado desde el inicio de la conquista un malestar de doble tipo; entre los americanos y los españoles por un lado y entre la propia sociedad americana entre si, que será germen, como en el caso castellano de la revuelta social que radicalizara el movimiento comunero neogranadino en el siglo XVIII, son los “odios y tensiones heredadas” en ambos casos.</p>
<p>Además, no obstante de las tensiones político-sociales, en una crisis sistémica como esta, se produce a su vez una crisis de toda índole, también de tipo económico, y por ello es también reformista, pues en parte la crisis neogranadina estalla por motivos económico-reformistas. Los antecedentes de esta crisis económica (que se da como en el caso castellano por motivo de los impuestos), nacen de la imposición de nuevos impuestos o monopolios, o de su incremento, algo que va a afectar los criollos comerciantes enriquecidos (que como vimos, tienen sobretodo su poder en la economía y no tanto en la política) tanto como a las clases populares que ven como los productos se van a encarecer, lo que produce una alianza de intereses inicial que explica el nacimiento del poder comunero neogranadino. </p>
<p>Estas nuevas medidas se originan en una política innovadora que trae la cúpula del imperio colonial español. Con el cambio de dinastía en 1714 y la subida al trono español de los Borbones de la mano de Felipe V, se introducen cambios de tipo económico-administrativo en el territorio colonial americano, lo que se conoció como las “Reformas Borbónicas”, que se caracterizo por;  la creación de nuevos Virreinatos (este de Nueva Granda y el de Rio de la Plata), el refuerzo de los monopolios regios sobre el aguardiente y el tabaco (considerados básicos en el comercio colonial, lo que explica el inicial ataque a estos productos) y el incremento de impuestos como el de alcabala (impuesto a las ventas), el de armada de barlovento( impuesto a las ventas de artículos básicos como el algodón e hilo para sostener los enormes costos de la armada militar contra la piratería), o el quinto real ( impuesto establecido por la Corona sobre la extracción de metales preciosos, principalmente el oro y la plata).</p>
<p>Estos impuestos fueron establecidos por el visitador real Juan Francisco Gutiérrez de Piñeres, en la “Instrucción general para el más exacto y arreglado manejo de las Reales Rentas de Alcabalas y Armada de Barlovento” del 12 de octubre de 1780, y que será la chispa que estalle la llama de la indignación, y blanco de las iras y las criticas de la población neogranadina, tanto de criollos como del pueblo común que ven en estas nuevas medidas un ataque directo a su condición.</p>
<p>Así pues, el sistema colonial español sufre una crisis sistémica y hace aguas por todos lados; tensiones sociales, políticas, y económicas sumergen al virreinato de Nueva Granada en un caldo de cultivo perfecto para una insurrección generalizada.</p>
<p>La tensión sistémico-reformista acumulada estalla en 1781; la rebelión esta servida.</p>
<p>Como vemos, pues, aunque la crisis se manifiesta de forma diferente en las dos rebeliones comuneras (una es de tipo identitario y la otra de tipo sistemático), el transfondo viene a ser muy similar; resistencias y rechazos a una autoridad que consideran foránea, rechazo de los impuestos excesivos, crisis políticas y una fuerte polarización y tensión social en ambos casos que van a acompañar a ambas rebeliones durante los periodos históricos que estamos analizando.</p>
<p>Autor: <strong>Guillermo Fiscer</strong></p>
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		<title>Arte y sociedad en la España del Quinientos</title>
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		<pubDate>Sun, 24 Apr 2011 18:20:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>tepatoken</dc:creator>
				<category><![CDATA[Arte]]></category>
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		<description><![CDATA[﻿﻿El arte responde a soluciones artísticas y fundamentalmente, políticas e ideológicas que cambia en el s.XVI. tras una guerra civil. Se pacifican los reinos de Castilla y Aragón y se desarrolla una cruzada contra el infiel hasta reducirlo al reino nazarí. No hay un estado unitario sino un acuerdo, una unidad política, administrativa y religiosa [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>﻿﻿<a href="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/04/Covarrubias-Alonso-Alcazar-de-Toledo-patio2.jpg"><img src="http://tepatoken.com/wp-content/uploads/2011/04/Covarrubias-Alonso-Alcazar-de-Toledo-patio2-300x200.jpg" alt="" title="Covarrubias-Alonso-Alcazar-de-Toledo-patio2" width="300" height="200" class="alignleft size-medium wp-image-1034" /></a>El arte responde a soluciones artísticas y fundamentalmente, políticas e ideológicas que cambia en el s.XVI. tras una guerra civil. Se pacifican los reinos de Castilla y Aragón y se desarrolla una cruzada contra el infiel hasta reducirlo al reino nazarí. No hay un estado unitario sino un acuerdo, una unidad política, administrativa y religiosa que se traduce en un intento de realizar un arte oficial en el Reino de Castilla y diferente en Aragón.  </p>
<p>Se va a imponer en Europa (con dificultad) una defensa de la Fe, convirtiendose en patrocinadores de la Contrarreforma católica (junto a Felipe II) y manteniéndola a espada y cañón. Desde el punto de vista cultural se convierte:</p>
<p>- Europa: hay un avance de la cultura urbana y secularizada. Priman los valores cívicos.<br />
- España: transformación de la sociedad, se pierden esos valores cívicos y urbanos, serán las ciudades de Dios.</p>
<p>Desde el punto de vista económico, todo el desarrollo artístico que se produce en esta época requiere los recursos económicos de la monarquía, la Iglesia y las clases nobiliarias. Esto explica los fenómenos artísticos en España (Sevilla, Burgos y más adelante, Lisboa) gracias su comunicación Europa, con el mediterráneo (Nápoles, Palermo y Messina), norte de Africa y el mundo americano. El Arte y la Arquitectura serán el vehículo de expresión de los ideales reformadores de Felipe II.</p>
<p><strong>Las ciudades españolas del siglo XVI</strong></p>
<p>La cultura del Renacimiento unía el prestigio de la Antigüedad porque ésta era el mayor exponente de sociedad urbana y secularizada. Las operaciones más drásticas serán en la ciudad, donde se planean ciudades nuevas o se opera en las ciudades tradicionales. Este proceso en España es más complejo debido a la herencia de tipología urbanísticas de tradición islámica. Existen <strong>varios modelos de intervención urbanística</strong>:</p>
<p>a). <strong>Desarrollo del ornato como factor emergente y urbano</strong>: colocación de edificios nuevos, hitos visuales (fuentes, estatuas, ..) y espacios nuevos (plazas). Es un proceso de cualificación urbano (en ciudades radiales).</p>
<p>b). <strong>Capacidad de los nuevos edificios</strong> (Hospitales, Ayuntamientos, Cárceles, Mercados, ..) <strong>para modificar sectores enteros de la ciudad</strong>. Es un hecho que también ocurre en palacios y grandes conjuntos religiosos. No solo se opera en lo físico sino también en lo simbólico (Catedral sobre mezquita) ya que son referentes visuales desde cualquier punto (por ejemplo en Granada). Son procesos más largos que pueden durar hasta dos siglos</p>
<p>c). <strong>Crecimiento y desarrollo demográfico en la ciudad</strong>. Se traduce en una necesidad de crecimiento morfológico de la ciudad, de manera incontrolada o programada (“ensanches”), por ejemplo, el crecimiento de Valladolid hacia el sur.</p>
<p>Con las ciudades hispano-musulmanas es muy difícil operar (calles pequeñas, estrechas, tortuosas, &#8230;) se construyen grandes edificios con elementos de reorganización espacial y simbólico con mayor acentuación, aparecen ensanches (por ejemplo, en Granada en torno al Hospital Real).</p>
<p>En España, al contrario que en Europa, la fundación de nuevas ciudades es un fenómeno emergente debido a la reconquista territorial insular canaria, nazarí y americana. Con fundamento teórico y práctico en la Edad Media y la Antigüedad, se realizan parcelas en torno a una plaza o una catedral en el que se agrupan los edificios públicos y necesarios (iglesia, ayuntamiento, &#8230;). las ciudades tendrán que ser dotadas de infraestructuras urbanas: puertas, albercas, pantanos, lavaderos (por ejemplo, el de Ocaña), y se van a fortificar sobre todos las de valor estratégico (generalmente las marítimas) y en América (por ejemplo, Cartagena de Indias).</p>
<p>Un fenómeno a escala continental es el desarrollo de la ciudad americana. Se entiende como el sueño de un orden, desde 1492-1550, fundan más de 60 ciudades con una extensión territorial inmensa respondiendo a patrones urbanísticos comunes: planta regular con trazado reticular que adquiere formato de retícula ortogonal (se concibe en cuadricula) con origen en la Antigüedad. Esto permite extenderse hasta la infinidad. Por ejemplo, la ciudad de “Mendoza” en Argentina: 25 cuadriculas en torno a un sitio central (ausencia de manzana), formando un eje de ceremonias públicas, religiosas y civiles, con la gran Catedral.</p>
<p>De acuerdo a estas experiencias de fundación, en 1573, Felipe II elabora las <strong>Ordenes de Fundación</strong>: un sistema normativo de lotes de parcelas y plazas que dicta unas normas urbanísticas (las primeras de la cultura occidental).</p>
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